Resolución judicial

El Tribunal de Justicia europeo considera que España incumplió las normas de contaminación por nitratos de origen agrario

En su fallo emitido este jueves, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado que España violó la directiva de la Unión Europea que busca salvaguardar las aguas contra la contaminación ocasionada por nitratos provenientes de actividades agrícolas y ganaderas.

Europa Press

Madrid | 14.03.2024 11:48

El Tribunal de Justicia europeo considera que España incumplió las normas de prevención de contaminación por nitratos de origen agrario
El Tribunal de Justicia europeo considera que España incumplió las normas de prevención de contaminación por nitratos de origen agrario | Europa Press

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha señalado en su sentencia de este jueves que España incumplió la directiva europea relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de la agricultura y la ganadería.

La Justicia europea ha admitido parcialmente a trámite el recurso presentado por la Comisión Europea, que denunció que España no había aplicado algunas disposiciones de la directiva --como la designación de zonas vulnerables-- en las comunidades autónomas de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Islas Baleares, Madrid, Murcia y Valencia.

En concreto, la sentencia señala que España ha incumplido la obligación de designar como zonas vulnerables en Islas Baleares, Madrid y en Valencia las zonas de captación de agua por escorrentía (aguas superficiales) o por infiltración (aguas subterráneas).

Considera también que se ha incumplido la directiva al no haber establecido todas las medidas obligatorias necesarias en los programas de acción de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura y Madrid, como tampoco se han adoptado las medidas adicionales o acciones reforzadas necesarias en relación con la contaminación por nitratos en los casos de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León y Murcia.

Al respecto, el Tribunal de Justicia subraya que, para considerar que un Estado miembro ha cumplido las obligaciones derivadas de la directiva, no basta con que haya adoptado medidas adicionales o acciones reforzadas, sino que es necesario, además, que estas sean suficientes para alcanzar los objetivos de la norma para reducir la contaminación de las aguas causada o provocada por los nitratos de origen agrario y prevenir nuevas contaminaciones de este tipo.