Caso Nóos

Hacienda opina que debe prevalecer el criterio del informe que apunta a un presunto delito fiscal del Duque

Los técnicos de la Agencia Tributaria que han elaborado informes sobre un posible delito fiscal en Aizoon --la sociedad que comparten la Infanta Cristina e Iñaki Urdangarin--, opinan que el criterio que debe prevalecer es el de su informe de junio, en el que los ingresos se imputaban a una persona física, Iñaki Urdangarin, y por lo tanto se apuntaba a un "presunto delito fiscal".

ondacero.es

Palma | 11.12.2013 00:00

Así se lo han avisado los técnicos al juez instructor del 'caso Noos', José Castro, que fue quien después de recibir este informe pidió otro en el que las rentas se imputasen no a una persona sino a la sociedad Aizoon. Con ese criterio, la cantidad defraudada era inferior a 120.000 euros y no habría delito fiscal.
Todo ello lo ha explicado el director de la Agencia Tributaria, Santiago Menéndez, en una entrevista en Onda Cero en la que, además, ha subrayado que Hacienda sólo informa y presta "auxilio judicial", pero que es el juez quien toma decisiones y "sentencia" conforme a su "independencia profesional".
Menéndez ha asegurado que entre los informes de junio y de noviembre no hay discrepancias entre las rentas que se calculan y que la única diferencia entre ambos es que en el primero se imputan los ingresos a una "persona física" --Iñaki Urdangarin-- y en el segundo a una sociedad --la propia Aizoon--.
En el informe de junio, los ingresos de Aizoon se imputaban a "a una única persona física", la que "administra la actividad" por que, según sus palabras, esta es "el criterio jurisprudencial consolidado", el que "se utiliza siempre para todos los contribuyentes".

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