TRIBUNALES

La Audiencia ve indicios de agresión sexual y abuso por parte del expárroco de Can Picafort

El exrector fue denunciado por una joven que afirmó haber sido violada por él en diversas ocasiones cuando tenía diez años. Además, en 1998 hubo otra denuncia contra el expárroco, si bien fue archivada por falta de pruebas.

ondacero.es

Baleares | 09.03.2015 00:00

La Audiencia Provincial de Baleares ve indicios suficientes de criminalidad por parte del que fuera párroco de Can Picafort (Mallorca), Pere Barceló, tal y como señala en un auto del pasado mes de enero que desestimaba la petición de sobreseimiento cursada por el imputado, sobre quien pesan un delito de agresión sexual con penetración y de abuso a menor de 12 años.

El exrector fue denunciado por una joven que afirmó haber sido violada por él en diversas ocasiones cuando tenía diez años. Además, en 1998 hubo otra denuncia contra el expárroco, si bien fue archivada por falta de pruebas.

La Audiencia, mediante un auto del pasado mes de enero, ha confirmado de este modo el dictado en primera instancia por el Juzgado de Instrucción número 3 de Inca, que acordó transformar la causa en procedimiento ordinario, al llevar aparejada uno de los delitos una pena superior a los nueve años de prisión.

Barceló impugnó en reforma el auto de la jueza, que rechazó el recurso con la previa oposición al mismo de la Fiscalía y la acusación particular. El expárroco recurrió entonces ante la Audiencia, que finalmente ha fallado en contra de su petición de archivo.

El Obispado de Mallorca ya suspendió cautelarmente a Barceló en marzo de 2011 después de que conociera el caso de otra mujer de Cala Ratjada que denunció que el sacerdote había abusado de ella cuando era párroco de la localidad.

El Tribunal Eclesiástico de Mallorca declaró culpable de abusos sexuales a menores, por lo que se le ha impuso la máxima penal canónica, que es la expulsión del estado clerical. El Obispado de Mallorca argumentaba que la decisión de la Iglesia de declararle culpable se debía a "la comisión de delitos contra el sexto mandamiento del Decálogo con menores".

Con todo, el Tribunal Eclesiástico consideraba "gravísimos los delitos", por lo que "le impone la pena máxima de la expulsión del estado clerical, prohibiendo totalmente el ejercicio de su ministerio sacerdotal". El Obispado justificó que el Tribunal Eclesiástico se ha atenido al ordenamiento jurídico vigente de la Iglesia de Mallorca, tras el proceso penal oportuno.