En la localidad de Carballo, en A Coruña

El Supremo revoca la custodia compartida sobre un menor por desprecio del padre a la madre

El Tribunal Supremo ha revocado este lunes la custodia compartida sobre un niño de siete años concedida a un padre de Carballo (A Coruña) que mantiene una "falta total de respeto" sobre la madre, desprecio que impide la colaboración entre la expareja, necesaria para mantener la medida, según ha dicho el tribunal.

ondacero.es

Madrid | 30.05.2016 18:20

Fachada del Tribunal Supremo.
Fachada del Tribunal Supremo. | EFE

El caso es el de un matrimonio de Carballo (Coruña) que se divorció por iniciativa de ella con una sentencia que concedió la custodia compartida sobre el único hijo habido, nacido en 2009. La madre recurrió contra la medida ante la Audiencia Provicial de A Coruña, tribunal que mantuvo la medida.

Ahora el Supremo la anula porque no existe una relación de respeto entre los padres y atribuye la custodia del menor a la madre, dejando en manos del juzgado la fijación de las condiciones concretas en las que deben regularse las visitas y otros detalles.

Para el Supremo, están probadas la actitud "de abuso y dominación" por parte del padre hacia la madre, lo que determina que sea "impensable que pueda llevarse a buen puerto un sistema de custodia compartida que exige, como la jurisprudencia refiere, un mínimo de respeto y actitud colaborativa que en este caso brilla por su ausencia".

El padre tiene abierto un procedimiento penal por coacciones con indicios de violencia doméstica que todavía no se ha resuelto en sentencia firme -absolutoria o condenatoria-, recuerda el Supremo, que cita los indicios de un posible acoso por parte del progenitor a la madre.

Al margen de que haya o no habido un delito de violencia doméstica por parte del padre, el Supremo recuerda que la sentencia sobre el divorcio y la custodia de la Audiencia de A Coruña sí da por probado que existe esa falta de respeto por parte del padre hacia la recurrente.

Ello "desaconseja un régimen de custodia compartida, pues afectaría negativamente al interés del menor, quien requiere un sistema de convivencia pacífico y estable emocionalmente", añade el tribunal.