De este modo, el Supremo le absuelve por todos los delitos por los que fue condenada: estragos terroristas, robo con violencia y detención ilegal por un atentado ocurrido el 31 de diciembre de 2008.
Para condenarla, la sección tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional se basó en la declaración de otro acusado, el etarra Ibai Beobide, pero el Supremo considera que esto no es suficiente para emitir una sentencia condenatoria, ya que solo la inculpó en su declaración en sede policial y después no lo ratificó en sede judicial.