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La reforma de la justicia universal restringe los derechos de españoles en el extranjero, según el TS

El Tribunal Supremo ha denunciado que la reforma de la justicia universal restringe los derechos de los españoles víctimas de genocidio en el extranjero. En virtud de esa reforma, el procedimiento sólo puede iniciarse si se dirige contra un español o un extranjero que resida en España.

ondacero.es

Madrid | 27.04.2016 17:20

Fachada del Tribunal Supremo.
Fachada del Tribunal Supremo. | Agencia EFE

El auto se refiere a la causa que el juez de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, investigaba por delitos de genocidio y lesa humanidad a cinco responsables nazis del denominado Batallón de la Calavera de las SS (SS Totenkopf-Sturmban) por abusos cometidos entre 1942 y 1945 en los campos de concentración de Mauthausen, Sachsenhausen y Flossenbûrg, en los que estuvieron confinados más de 7.000 españoles, de los que murieron más de 4.300. Fue archivada en diciembre de 2014.

En la resolución dada a conocer por el alto tribunal se destaca que "la nueva regulación del principio de justicia universal con respecto a los delitos de genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra ha procedido a una restricción tan sustancial del derecho de los ciudadanos españoles víctimas de tales delitos en el extranjero, que excluye de forma extrema su acceso a la jurisdicción para defender sus derechos dentro del territorio español, dadas las escasísimas posibilidades de que uno de los presuntos autores resida habitualmente en España".