DECLARACIÓN DE LA RENTA 2021

¿Cómo y cuándo pedir cita para realizar la declaración de la Renta 2021?

Como cada año, millones de ciudadanos tienen que presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio anterior. Conoce aquí cómo y cuándo pedir cita.

Carlota Colón de Carvajal

Madrid | 20.03.2022 06:05

Personas realizando la declaración de la Renta | FOTO: EFE
Personas realizando la declaración de la Renta | Agencia EFE

En el próximo mes de abril arranca la campaña de la Renta en España, en la que al igual que sucede cada año, los ciudadanos deben cumplir con su deber con Hacienda y presentar la declaración correspondiente al ejercicio anterior, es decir, este año hay que presentar la del 2021.

¿Para qué sirve la declaración de la Renta?

Según la Ley 35/2006 publicada en el BOE, este Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas "es un tributo de importancia fundamental para hacer efectivo el mandato del artículo 31 de la Constitución Española, que exige la contribución de todos «... al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio»".

¿Qué ciudadanos tienen que presentar la declaración de la Renta?

Además, tal y como aclara la Agencia Tributaria, las personas que tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta son las siguientes:

Redimientos íntegros del trabajo

  • Quienes hayan ganado más de 22.000 euros anuales, si proceden de un único pagador.
  • Quienes hayan ganado más de 22.000 euros anuales procedentes de varios pagadores siempre que "la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no supere en conjunto, 1.500 € anuales" o cuando "sus únicos rendimientos del trabajo consistan en pensiones de la Seguridad Social y demás prestaciones pasivas y que el tipo de retención aplicable se haya determinado por el procedimiento especial, establecido reglamentariamente".
  • Quienes hayan ganado más de 14.000 euros si procedan de más de un pagador, si la suma de las cantidades percibidas del segundo restantes pagadores, por orden de cuantía, superan 1.500 € anuales.
  • Quienes hayan ganado más de 14.000 euros si se hayan percibido pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos, (salvo que estas últimas procedan de los padres por decisión judicial).
  • Quienes hayan ganado más de 14.000 euros si el pagador de los rendimientos no esté obligado a retener (por ejemplo, pensiones procedentes del extranjero).
  • Quienes hayan ganado más de 14.000 euros si se perciben rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales

Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.

Rentas Inmobiliarias Imputadas

Rentas Inmobiliarias Imputadas: Rendimientos íntegros de Letras del Tesoro, subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

¿Quiénes están exentos de presentar la declaración de la Renta?

La Agencia Tributaria alega que "no tendrán que declarar quienes obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital (mobiliario e inmobiliario - por arrendamiento de bienes inmuebles...), de actividades económicas (empresarios, profesionales...) y ganancias patrimoniales, sujetas o no a retención, cuando su suma no exceda de 1.000 euros ni quienes hayan tenido pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros".

Sin embargo, explican que las personas que no hayan superado los importes anteriores, deberán presentar declaración para beneficiarse de:

  • Deducción por inversión en vivienda habitual (para adquisiciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012).
  • Aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
  • Deducción por doble imposición internacional.
  • Reducciones en la base imponible por aportaciones a sistemas de previsión social.

¿Cuándo puedo pedir cita previa para la declaración de la Renta?

Los ciudadanos podrán pedir cita para que la Agencia Tributaria les elabora la declaración de Renta 2021:

  • Entre 3 de mayo y el 29 de junio si es por teléfono.
  • Desde el 26 de mayoy el 29 de junio si es en oficina.

¿Cómo pedir cita previa para que la Agencia Tributaria te confeccione la declaración de la Renta 2021?

Tal y como confirman desde la Agencia Tributaria, la cita telefónica para que la propia Agencia Tributaria te confeccione la declaración de la Renta 2021, se puede pedir de las siguientes maneras:

  • Internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia
  • App "Agencia Tributaria"
  • Teléfono automático 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
  • Teléfono de cita previa para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

Por otro lado, para conseguir la cita en oficina y recibir la atención presencial:

  • Internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia
  • App "Agencia Tributaria"
  • Teléfono de cita previa para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

Por otro lado, aseguran que para anular las citas, hasta 24 horas antes, se puede emplearcualquiera de los canales ofrecidos anteriormente.