Una vez que se interceptó el vehículo e identificada plenamente su conductora, se le informó de la comisión de un supuesto delito contra la Seguridad Vial, tipificado en el artículo 379 del Código Penal, y se instruyeron las correspondientes diligencias para su remisión al Juzgado de Instrucción número 4 de León.
El hecho de conducir un vehículo a motor o un ciclomotor a una velocidad superior en 60 kilómetros a la reglamentariamente establecida en vía urbana puede conllevar la pena de prisión de tres a seis meses o la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.