LA APLICACIÓN JUDICIAL DE LA AMNISTÍA

El largo e incierto camino de Puigdemont y el resto de independentistas amnistiables

La versión definitiva de la Ley recién aprobada no disipa las dudas sobre cuándo podrán beneficiarse de la amnistía los cientos de condenados o investigados por delitos cometidos durante doce años ya que los jueces pueden dejar en suspenso su aplicación mientras el TJUE y el TC resuelven.

🔴El Congreso aprueba la ley de amnistía con los votos del PSOE y sus socios parlamentarios

Cuándo entraría en vigor la ley de amnistía

Eva Llamazares

Madrid | 14.03.2024 15:21

El eurodiputado Antoni Comín y el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont/ Glòria Sánchez / Europa Press
El eurodiputado Antoni Comín y el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont | Glòria Sánchez / Europa Press

La Ley de la Amnistía abre un abanico de incertidumbres -enmarañadas aún más tras la irrupción del escenario electoral en Cataluña para el mes de mayo- que sólo el transcurrir del tiempo irá despejando. Ni siquiera la imposición a los jueces de un plazo máximo de dos meses para aplicar la Ley y el mandato de que deben ponerse a ello “de forma preferente y urgente” sirve para pronosticar un borrado penal rápido y exitoso para los amnistiables.

Los intentos de amarrar una redacción del texto que convierta en automática la amnistía para todos los que hayan participado en cualquier tipo de delito relacionado con el proceso independentista entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023 se toparán con la realidad judicial que les aguarda a las causas en los tribunales en cuanto entre en vigor.

De entrada, un análisis de brocha gorda permite pronosticar una situación más ventajosa para Carles Puigdemont que para los miembros de su gobierno que no le siguieron fuera de España. Al ex president de la Generalitat le favorece su condición de investigado, ya que no pesa sobre él una condena firme que haya que amnistiar, a diferencia del líder de ERC, Oriol Junqueras y los otros ocho condenados por el procés. Todos ellos fueron indultados por el Gobierno de Pedro Sánchez, pero aquella medida de gracia no alcanzaba a las penas de inhabilitación que les impiden concurrir a unas elecciones.

Dado que son los jueces los que deben decidir si aplican o no la amnistía, está en sus manos determinar si la causa que instruyen o han sentenciado entra dentro de los supuestos amnistiables y, en ese caso, si consideran que tiene encaje en la normativa europea y en la Constitución española. Cualquier duda de esta naturaleza dará pie a los magistrados para elevar unacuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) o bien una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC). Este último órgano deberá suspender su decisión hasta que la justicia europea resuelva. Todo ello provoca que el perdón penal para los casos concretos que hayan sido elevados ante Luxemburgo y el TC se quede en suspenso durante el tiempo que estos tribunales se tomen para resolver.

Es más que previsible que, de producirse una consulta a estos tribunales, muchas Salas dejen en suspenso su propia decisión de borrar las condenas por desobediencia, malversación agravada, prevaricación, falsedad documental, revelación de secretos y el resto de delitos que deben desaparecer de los antecedentes penales del independentismo en virtud de la Ley aprobada este jueves. Se calcula que la amnistía abarcará a más de trescientas personas en decenas de causas, entre ellas la de los líderes del procés, la responsabilidad contable por el 1-O y el 9-N, las protestas violentas de Tsunami y los CDR o el caso Voloh, que es uno de los que más dudas despierta.

¿Le interesa a Puigdemont no ser eurodiputado?

Debido precisamente al margen de los jueces para suspender la aplicación de la amnistía en cada una de las causas, la condición de investigado que en un primer momento favorece a Puigdemont es, a su vez, una circunstancia de doble filo que salpica de incertidumbres su futuro y que podría contribuir a incrementar su interés por no perder la inmunidad como europarlamentario. Concurrir a las elecciones europeas de junio es incompatible con ser diputado del nuevo Parlament que salga de las urnas el 12 de mayo.

La Ley de la amnistía obliga a los jueces a dejar sin efecto de manera inmediata todas las medidas cautelares como "órdenes de busca y captura e ingreso en prisión" -incluida la orden de detención en España que pesa sobre el líder de Junts-, un requisito introducido por los negociadores en un intento de reducir el margen de los magistrados. De esta manera, la investigación a cargo del magistrado del tribunal Supremo, Pablo Llarena, la causa del procès, no podrá seguir siendo el paraguas bajo el que el Supremo reclame su detención nacional.

Una vez decaiga esta orden cautelar de detención, Carles Puigdemont, que huyó de España en 2017, podrá plantearse volver sin temor a ser arrestado. Sin embargo, una proyección más a largo plazo permite adivinar un panorama judicial árido para el ex president. Aunque aún no está formalmente imputado por terrorismo, el líder de Junts tiene un segundo frente abierto en el Tribunal Supremo por la causa de Tsunami y un tercero en potencia, el caso Voloh, en el que se investiga el posible apoyo económico y militar de Rusia al Govern de Puigdemont.

En todas las causas susceptibles de ser amnistiadas los jueces -o las Salas si el procedimiento es un sumario- tendrán que decidir si los encausados o condenados están cubiertos por la Ley. En caso afirmativo podrán evitar aplicarla mediante las citadas cuestiones prejudiciales y de inconstitucionalidad.

Pese a que la amnistía está diseñada para cubrir todos los delitos que actualmente se investigan o han sido juzgados en los tribunales, el terrorismo y la alta traición son junto a la malversación los que más reticencias pueden despertar en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La Ley sólo excluye de la amnistía los actos de terrorismo recogidos como tal en la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo "que a su vez hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos", en particular del derecho a la vida y de la prohibición de la tortura y los tratos inhumanos.

Además, los delitos de traición que no pueden ser amnistiados únicamente son aquellos en los que “se haya producido tanto una amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial o la independencia política de España en los términos establecidos en la Carta de las Naciones Unidas”.

Respecto a los delitos de malversación relacionados con las consultas independentistas y el procès, quedarán eliminados “siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento”. En concreto, según el último añadido a la versión aprobada, no se considerará enriquecimiento cuando “no haya tenido el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial”.

El Tribunal Supremo aceptó el pasado 29 de febrero investigar al líder de Junts por terrorismo callejero junto al diputado del Parlament, Rubén Wagensberg (ERC), ambos aforados ante ese órgano. Asumía así una parte de la causa de Tsunami Democrâtic remitida por el juez de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón y relativa a los disturbios y bloqueos de instalaciones como el aeropuerto de El Prat o la frontera de La Jonquera en el marco de las protestas en la calle por la sentencia del procès en octubre de 2019.

Fuentes jurídicas confirman a Onda Cero que la magistrada instructora de esta causa recién abierta en el Supremo, Susana Polo, aún tardará un tiempo en estudiar la documentación remitida por la Audiencia Nacional este martes. En el caso en que decidiera citar a declarar a Puigdemont antes de que la Ley de la amnistía entre en vigor, Polo podrá ofrecerle la posibilidad de que se presente de forma voluntaria. Dado que lo previsible es que decline, la magistrada deberá iniciar un nuevo proceso de suplicatorio para solicitar a la Eurocámara el levantamiento de la inmunidad de la que disfruta como diputado europeo. Se trata de un procedimiento idéntico al emprendido en su día por el juez Llarena para investigarle en la causa del procès.

La inmunidad europea

Una vez promulgada la Ley, tanto el Supremo como el juez de Voloh, Joaquín Aguirre, que sitúa a Puigdemont en una reunión con un emisario ruso que le habría ofrecido apoyo para una Cataluña independiente, pueden evitar cerrar las causas a la espera de la decisión del TJUE. Esta suspensión les impide practicar diligencias o dictar órdenes de detención que, en todo caso estarían prohibidas por la Ley de Amnistía al ser medidas cautelares.

En el caso de que Luxemburgo acabe excluyendo alguna de estas causas de la amnistía, los jueces deberán pedir un suplicatorio para proceder contra Puigdemont, tanto si es diputado en el Parlament como si es eurodiputado.

En el hipotético escenario de que Puigdemont prefiriera renunciar a un virtual escaño en el Parlament de Cataluña y repetir como candidato al Parlamento Europeo en el mes de junio, el juez Llarena también estaría obligado a volver a emprender el procedimiento de suplicatorio a Estrasburgo.

A diferencia del suplicatorio ante el Parlament de Cataluña, la petición judicial ante el Parlamento Europeo es un complejo proceso y la defensa de Puigdemont ya ha demostrado que sabe cómo sacarle provecho a la lenta maquinaria de la justicia comunitaria. Si bien la Eurocámara le acabó retirando finalmente la inmunidad, esta decisión sigue suspendida hasta que se convierta en firme.

A las posibles cuestiones prejudiciales o de inconstitucionalidad elevadas por los magistrados con dudas sobre la legalidad de la Ley de la Amnistía se suman los previsibles recursos de inconstitucionalidad que planteará la oposición ante el TC, aunque éstos no provocan la suspensión de la aplicación de la ley. Todo ello incrementa la incertidumbre que rodea a la aplicación de la Ley de la amnistía, sus plazos y su alcance.