FINANCIACIÓN MUNICIPAL

Los ayuntamientos podrían perder millones de euros de las fotovoltaicas

Una sentencia obliga al Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra a devolver la mitad del canon urbanístico a una fotovoltaica. Si el Tribunal Supremo de Justicia de Extremadura ratifica la sentencia, que ha sido recurrida por la corporación local, los municipios dejarán de ingresar millones de euros al considerar a las fotovoltaicas como economía verde y circular

Manuel Márquez-Zurita

Extremadura | 11.05.2022 18:10

Porzuna contará con dos plantas fotovoltaicas con 151.000 módulos
Porzuna contará con dos plantas fotovoltaicas con 151.000 módulos | OC

Una de las principales fuentes de financiación de las corporaciones locales extremeñas, el canon urbanístico que pagan las empresas fotovoltaicas por instalarse en suelo rústico del municipio, podría reducirse a la mitad si el Tribunal Supremo de Justicia de Extremadura (TSJEx) ratifica la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo Nº 2 de Badajoz, emitida el pasado 14 de marzo, en la que se obliga al Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra (Badajoz) a devolver la mitad de lo recaudado a la empresa Seguidores Solares Planta 2, fotovoltaica instalada en el municipio. En dicha sentencia, a la que ha tenido acceso Onda Cero, la magistrada concluye que el canon urbanístico del 2% del presupuesto del proyecto cobrado a esta empresa, y que supone el porcentaje que se cobra actualmente en todos los municipios extremeños, debe reducirse al 1% ya que se trata de un proyecto de "economía verde y circular", como así reclamaba la empresa. De esta forma, si el TSJEx ratifica esta sentencia, que ha sido recurrida por la corporación local pacense, las corporaciones locales extremeñas verían reducidas a la mitad el ingreso en sus presupuestos de este tipo de canon, que en el caso de Bodonal de la Sierra supone la pérdida de 300.000 euros, en lugar de los 600.000 ingresados por este concepto. En localidades como Badajoz, esta cantidad puede ascender a los 2.750.000 euros, en lugar de los 5,5 millones presupuestados en el presente ejercicio.

En la mencionada sentencia, la magistrada encargada del caso ha dado validez a la argumentación de la fotovoltaica, que solicitaba al Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra la devolución de la mitad del canon cobrado en 2021 al tratarse de un proyecto de "economía verde y circular", cuando hasta la fecha las corporaciones locales siempre han cobrado el 2% por este concepto. La argumentación de la empresa se ha basado en que el concepto de economía verde y circular es indivisible, como así ha reconocido la jueza, que ha apuntado que "la cuestión litigiosa la constituye, en realidad, una cuestión gramatical". Sin embargo, el Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra ha defendido que este tipo de instalaciones se ciñen al concepto de economía verde, pero no guardan relación con la circular para poder acogerse a la reducción del 1% en este tipo de canon, como marca la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, para el desarrollo de actividades sostenibles en Extremadura.

En su argumentación, el Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra ha presentado un informe del economista José Rodríguez Florencio, que concluye que las fotovoltaicas son economía verde, pero no pueden considerarse como economía circular al entender que este tipo de proyectos, de vida limitada y que debe ser desmantelado una vez concluida su actividad, ya que no pueden mantener el valor añadido de sus recursos ni tampoco evita los residuos, como así recoge el concepto de economía circular. En este informe, se indica que en este tipo de proyectos o se recogen "los factores que definen una economía circular: compartir, alquilar, reutilizar, reparar, renovar y reciclar materiales y productos existentes todas las veces que sea posible para crear valor añadido".

Junto a ello, la defensa de la corporación local ha incluido las resoluciones de la Dirección General de Sostenibilidad y la postura de la Dirección General de Urbanismo de la Junta de Extremadura, que coinciden en fijar el canon del 2% en este tipo de proyectos, al no encuadrarlas dentro del concepto de economía circular. En el recurso de apelación presentado ante el TSJEx, la defensa argumenta que la Unión Europea, a través de diferentes directivas y de la propia Comisión Europea, consideran a las fotovoltaicas como proyectos ajenos en la actualidad a denominación de economía verde.

A la espera del fallo que emita el TSJEx, que se espera para dentro de dos meses, los ayuntamientos de la región estarán pendientes de las conclusiones de este organismo, ya que implicaría un contratiempo importante en el ingreso de fondos a las arcas municipales. En el caso de Bodonal de la Sierra, supone la devolución de 300.000 €, la mitad de lo cobrado a la empresa Seguidores Solares Planta 2, unas cantidades que alcanzan los 2.750.000 euros, como en el caso de Badajoz, que tiene presupuesto el cobro de 5,5 millones de euros en sus cuentas del presente año. En el caso de Cáceres, el año pasado la corporación local tenía presupuesto esa misma cantidad de cinco millones y medio de euros por ese mismo concepto.