Con la petición de absolución de los acusados

Concluye el juicio por los presuntos amaños en el Plan General de Ordenación Urbana de Alicante

Los letrados Bernardo Del Rosal y Francisco Ruiz Marco han coincidido en que la Acusación ni ha probado ningún hecho delictivo ni ha podido haberlo

Pepe Requena

Alicante | 13.11.2020 17:09 (Publicado 13.11.2020 16:58)

Los nueve acusados en la última jornada del juicio
Los nueve acusados en la última jornada del juicio | ALEX DOMINGUEZ/INFORMACION POOL

Con la petición de absolución para los últimos procesados, pasadas las 14:00 de este viernes ha concluido después de una treintena de sesiones uno de los juicios más complejos que se ha celebrado esta década en Alicante. Tras las exposiciones iniciales y finales de acusación y defensa, interrogatorios, pruebas periciales y escuchas telefónicas, la Sala deberá determinar si el empresario Enrique Ortiz se vio favorecido por los exalcaldes Luis Díaz Alperi y Sonia Castedo durante la tramitación del Plan General Urbano. Un plan que, finalmente, no vio la luz ya que fue retirado en 2015, por lo que en la ciudad sigue vigente el de 1987.

Acto de fe

En su exposición final y antes de entrar en materia, el catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Alicante y en otro tiempo Síndic de Greuges, Bernardo del Rosal, hoy defensor del hermano de la exalcaldesa José Luis Castedo y de su socio Javier Gutiérrez, así como de sus respectivas empresas, ha calificado este juicio de peculiar y singular.

Es la primera vez "en mi vida profesional que he visto cómo las acusaciones personadas le pedían a la Sala no una valoración de la prueba si no un acto de fe", ha indicado. También ha añadido que "no es que los hechos no se hayan producido como dicen las acusaciones; es que era materialmente imposible que hubieran sucedido tal y como los describen".

El letrado de José Luis Castedo y de Javier Gutiérrez ha utilizado también cierto sentido del humor a la hora de responder a "la prueba más subrealista que he visto en mi vida: una realidad futura que, además, nos avisaba de lo que parece que iba a ser una especie de Alicante distópico en el que un insaciable y ambicioso empresario, cual Tío Gilito de los dibujos de Disney, hubiera nadado injustamente en la abundancia de millones y millones de euros, riéndose de nosotros, pobres administrados". Bernardo del Rosal ha añadido también que los escritos de la acusación son "bastante farragosos, bastante confusos y exentos de cualquier concreción".

Ni delitos ni hechos delictivos

Por su parte, el defensor del empresario Enrique Ortíz, Francisco Ruiz Marco, ha expuestos sus argumentos en una línea muy similar a la de su predecesor. Ha manifestado que la investigación arrancó a palabras, en llamadas telefónicas, en la apariencia que esas palabras crearon en los responsables de la investigación, "el transcurso de la investigación ha consistido en intentar encontrar confirmación fáctica, confirmación objetiva para esas apariencias iniciales". En su opinión es lo que ha llevado a "forzar" algunas cuestiones probatorias".

Para Ruiz Marco, el ejemplo típico de cómo se ha intentado forzar la situación "son las propias grabaciones telefónicas". Y de esas grabaciones, surge la seguridad de que "no hay delitos" porque "no hay hechos delictivos". También, los pocos hechos que han podido tener una confirmación objetiva, en el mundo de la realidad, no son subsumibles en los tipos penales por los que se formula la acusación. A su entender no hay nada que pruebe que su defendido influyera en los exalcaldes Alperi y Castedo, ni hubo tráfico de influencias (ni lo podía haber), ni se aprovechó de ninguna información confidencial.

Anulación de escuchas en la causa principal

Francisco Ruiz Marco, que también ha solicitado la nulidad de las grabaciones telefónicas que dieron origen al caso, ha apuntado también que las acusaciones son las que deben probar los hechos pero que "no hay descripción de hecho punible en las 496 páginas de la acusación". Ruiz Marco junto con el resto de defensores también ha insistido en que se deben declarar nulas las escuchas telefónicas que dieron lugar a esta rama relacionada con el Plan General de Alicante, al igual que ocurrió en el juicio de la causa principal del caso Brugal, sobre la contrata de recogida de basura de Orihuela, y tras la que salieron libres los 34 encausados.

Antes de la conclusión, todos los acusados han renunciado a su derecho a la última palabra, excepto el empresario ilicitano Ramón Salvador, que ha hecho una intervención para afirmar: "Me he equivocado, pido disculpas". Ramón Salvador fue el único que admitió su culpabilidad. Antes de que se produjera esa sentencia absolutoria en la causa principal del "Brugal" el constructor Enrique Ortiz y otros dos acusados llegaron a firmar una conformidad para aceptar los hechos de la que luego se retractaron en el día del juicio. El empresario Ramón Salvador sí que se ratificó en ese acuerdo.

Penas de cárcel

La Fiscalía Anticorrupción pide para Luis Díaz Alperi y Sonia Castedo 10 años de cárcel para cada uno por delitos continuados de revelación de información privilegiada, cohecho, prevaricación y tráfico de influencias, así como ocho para Ortiz por un delito continuado de corrupción de autoridades o funcionarios públicos, tráfico de influencias y prevaricación.

La presunta trama de corrupción urbanística empezó a ser investigada por el Juzgado de Instrucción 5 de Alicante en el año 2010 y fue remitida a la Audiencia Provincial a finales de 2018 tras decretar su titular la apertura de juicio oral.