Episodio 32 | 25/09/2026

Atando cabos 3x32 : El voto es sagrado

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Imagen: Onda Cero Podcast
  • 14:22 MIN

Atando cabos 3x32 : El voto es sagrado

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Atando cabos 3x32 : El voto es sagrado

Sobre la Ley de nietos y el derecho a voto. Y para que quede claro. Para evitar desinformación, bulos intencionados de aquellos que no conocen o no se han leído la decisión de la Sala III del Tribunal Supremo: el Tribunal Supremo NO ha privado del derecho al voto a los descendientes de españoles exiliados en el extranjero. Precisamente lo que ha hace el Tribunal Supremo es garantizar que esos exiliados, acreditados, que han demostrado ser exiliados, tengan la nacionalidad y por lo tanto el derecho al voto. La cautelar sólo afecta a aquellos que hayan obtenido la nacionalidad sin acreditar que descienden de exiliados, sin acreditar nada. Es decir aquellos que la hayan obtenido en aplicación de una instrucción ( la que hizo la hermana del ministro del Puente cuando trabajaba en el ministerio de Justicia) pero que se aparta de la Ley, se aparta de la Ley, que expresamente decía que la condición de exilio era necesario acreditarla.

Dejando clara esta premisa y antes de entrar en los datos sucesibles de manipulación , conviene fijar otra idea de fondo: cuando un mecanismo administrativo experimenta en muy poco tiempo un crecimiento que ni el propio Gobierno ni la Junta Electoral Central habían anticipado —más de 400.000 electores nuevos, y dos millones y medio potenciales en el censo exterior en apenas tres años—, la respuesta institucionalmente sana no es minimizar la anomalía ni tampoco darla por probada sin más: es examinarla con detalle antes de que produzca efectos irreversibles en unas elecciones.

Eso es, en esencia, lo que ha hecho el Tribunal Supremo. Su auto no anula la Ley de Memoria Democrática, no retira la nacionalidad a nadie y no afirma que exista fraude. Lo que hace es congelar, de forma cautelar y hasta que se resuelva el fondo del asunto, los efectos electorales de unas inscripciones sobre las que la propia Junta Electoral Central admitió no poder ofrecer «un pronunciamiento claro y determinante»

La Sala consideró que existía «un peligro fundado, real y serio» de que ese incremento extraordinario afectara a la objetividad y la transparencia del proceso electoral, y decidió actuar antes de que el censo quedara cerrado de cara a las convocatorias del próximo año, no después, cuando ya habría sido demasiado tarde para corregir nada.

La decisión, además, no fue una ocurrencia aislada ni el capricho de un juez concreto: salió adelante por amplia mayoría de la Sala, con el único voto discrepante de la magistrada Alicia Millán. Es decir, la inmensa mayoría de los miembros del tribunal —tras dos vistas orales y públicas en las que se escuchó a todas las partes, incluida la Junta Electoral Central— coincidió en que la duda era lo bastante seria como para justificar la cautela.

Cuando ocho de cada nueve o diez magistrados llamados a resolver ven motivos suficientes para pisar el freno, la explicación más razonable no es la conspiración, sino la prudencia……Porque el Voto es sagrado en una democracia