COVID19

Las personas con Autismo podrán salir de casa pese al confinamiento

Entrevista a la presidenta de la Asociación Navarra de Autismo, Amaya Áriz, que han conseguido el permiso para que las personas con autismo puedan salir de casa durante el confinamiento.

Onda Cero Navarra

Pamplona | 20.03.2020 17:23

Tras el Real Decreto sobre el estado de alarma publicado el pasado 14 de marzo saltaba la intranquilidad entre las familias con personas con autismo a su cargo o con algún otro tipo de discapacidad. La presidenta de la Asociación Navarra de Autismo, Amaya Áriz, explica que “el motivo era claro”, en el Real Decreto no se recogía el permiso para poder salir de casa que precisan las personas con Trastorno del Espectro del Autismo (TEA). Personas que “debido a su trastorno requieren mantener rutinas de manera estricta o andar o correr como medida terapéutica para rebajar la ansiedad y regularse sensorialmente”.

Ante la complicada situación generada por el COVID-19, todas las rutinas de cualquier persona residente en España se han visto mermadas, pero dichos cambios afectan a las personas con TEA de manera exponencial, de ahí la “necesidad”, que no el capricho, de poder salir a tomar a la calle.

Si las familias salían a dar un paseo y la autoridad les daba el alto, éstas debían presentar el certificado de discapacidad y acogerse artículo 7 del RD, letras ‘g’ y ‘h’, que avalaban “la circulación por vía pública por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o causa justificada”, cuenta Áriz. Este apartado “dejaba en el aire y a merced de la buena voluntad de las autoridades” el permiso para poder transitar por la vía pública de manera “segura” a este colectivo y a sus familias.

Por ello y desde hace varios días, las Asociaciones de Autismo y Cermi España han negociado con el Ministerio del Interior que “la excepción de autorización de salida para las personas con Autismo se recogiera de forma expresa en el Real Decreto”, como así ha sido en el de hoy viernes 20 de marzo.

En el Boletín Oficial del Estado del vienes 20 de marzo, se modifican los criterios interpretativos del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y se ratifica “la realización de las actividades por causa de fuerza mayor o situación de necesidad previstas en el artículo 7.1.g) del citado real decreto”, habilitan a las personas con discapacidad, que tengan alteraciones conductuales, como por ejemplo personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas, el cual se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración del estado de alarma, y a un acompañante, a circular por las vías de uso público, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio.