Se considera que el contrato es nulo según el Tribunal supremo

El pleno desestima el recurso de Aqualia

Solicitaba el lucro cesante que hubiera resultado de su actividad en los próximos 25 años

Marcos Galván

Alcázar de San Juan | 29.09.2021 10:52 (Publicado 29.09.2021 10:27)

El pleno ordinario que celebraba la Corporación Municipal correspondiente al mes de septiembre, desestimaba el recurso de reposición de FCC Aqualia SA frente al acuerdo plenario que desestimaba su solicitud al lucro cesante de conformidad al informe de los servicios jurídicos. En relación con Aqualia, el pleno también aprobaba la propuesta de abono del resto de la participación en el resultado en estos meses del año en curso.

El pleno igualmente daba el visto bueno a las Bases de Cooperación al Desarrollo para el ejercicio 2021, dotadas con 45.600 euros y destinada a la realización de proyectos en países en desarrollo, para mejorar y proteger a la población más vulnerable y proteger la vigencia de los derechos humanos.

Se aprobaba también la construcción de una rotonda en la Avenida Adolfo Suárez para facilitar el tráfico en la zona comercial en desarrollo. Las fiestas locales quedaron aprobadas para el 8 de septiembre y el 28 de diciembre. En relación con la ordenanza municipal de convivencia se aprobaba la constitución de una comisión técnica que se va a encargar del cumplimiento de la misma, entre cuyas normas figura la prohibición de hacer botellón; el responsable de la misma será el jefe de la policía local y se da la posibilidad de cambiar algunas sanciones por trabajos a la comunidad.

En el pleno igualmente se estudiaron las ayudas que el ayuntamiento ha venido ofreciendo a comerciantes y autónomos, junto con las subvenciones que además ofrece en referencia a algunas actividades que contribuyen al uso de energías limpias, como es la subvención a la instalación de paneles solares en los domicilios.

Lucro cesante

El pleno, ante el recurso de reposición presentado por Aqualia en relación con la solicitud del lucro cesante, acordaba ampliar la motivación de la desestimación para insistir en los argumentos aportados. El lucro cesante se refiere a las expectativas que tenía la empresa de beneficios en los 25 años por los que firmaba el contrato, contrato que por otra parte se ha declarado nulo y por tanto liquidado, a través del acuerdo que el ayuntamiento firmaba con la empresa, y por el que le devolvía el préstamo que hiciera años antes. Para ello el ayuntamiento, como ya se vio en los plenos anteriores, ha pedido un préstamo que mejora las condiciones que el gobierno del PP firmó en su momento.