Santander |
Entre estas medidas sanitarias figura el permiso de las actividades de hostelería y restauración, con un aforo máximo en interiores del 50% y en terrazas del 75%, siempre que se mantenga una separación mínima entre clientes de dos metros y se mantenga el uso permanente de mascarilla, salvo durante el acto de beber o comer. Además, las barras de bares y cafeterías quedarán fuera de uso temporalmente.
También se establece que las zonas comunes de hoteles mantendrán un aforo máximo del 50% y una separación mínima entre clientes de dos metros.
Por otro lado, se permiten las actividades deportivas colectivas, manteniendo un aforo máximo del 50% y una superficie de cuatro metros cuadrados por participante del recinto, evitando el contacto físico.
Además, se autorizan las actividades en centros y establecimientos deportivos, culturales, artístico, recreativos, de espectáculos y ocio con un aforo máximo del 50%, uso de mascarilla y distancia de dos metros entre personas.
Finalmente, se restringe la concentración de personas en bodas, bautizos, comuniones, velatorios, funerales, entierros y celebraciones religiosas a un máximo de 20 individuos.
Estas medidas tienen efectos desde las 00.00 horas del miércoles 16 de septiembre y mantendrán su eficacia durante 14 días naturales, prorrogables en función de la evolución de la situación epidemiológica del municipio.