La reforma del Código Penal impulsada por el Gobierno con el apoyo de los independentistas de ERC sustituye el delito de sedición por uno de "desórdenes públicos agravados" y reduce algunas penas del delito de malversación. La nueva ley también traerá previsiblemente cambios para los huidos como el expresidente catalán Carles Puigdemont.
El juez Pablo Llarena, instructor de la causa, ya estudia cómo adaptar la sentencia de Puigdemont, y el resto de políticos que se fugaron, para encajarla en el nuevo Código Penal y, en consecuencia, dictar nuevas órdenes de detención contra ellos.
¿Benefician los cambios en el Código Penal a los acusados por malversación?
El Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Complutense, Enrique Gimbernat, explica en 'Más de uno' cuáles son las opciones que Llarena tiene para pedir la extradición.
En primer lugar, advierte, "hay que ver hasta qué punto la modificación del Código Penal les beneficia o no". A partir de ahí, habrá que ver cuál es la situación de los fugados y de los pendientes de juicio.
"Con la reforma del Código Penal ha pasado algo parecido a lo de la ley del 'sólo sí es sí'", sostiene el catedrático en relación a la ignorancia de Esquerra sobre el derecho penal, pues al defender la rebaja de la malversación, ignoran el ánimo de lucro en el sentido jurídico-penal.
Los condenados por malversación mantendrán su condena
Gimbernat explica que hay unanimidad desde décadas en que el ánimo de lucro es "el ánimo de apropiarse de una cosa como si fuese su propiedad".
Así, en la malversación que se produjo por motivo del 1-0, los líderes independentistas "cogieron caudales públicos, los emplearon para financiar el referéndum y los utilizaron como si fueran suyos".
Por tanto, el ánimo de lucro que se ha introducido ahora en el Código Penal, "no se corresponde con un lucro personal", explica. Por consiguiente, los independentistas condenados por malversación y sedición, "siguen habiendo cometido la malversación de caudales públicos, que sigue teniendo la misma pena de antes".