El Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Barcelona, Joan Queralt, nos cuenta en qué consiste el estado de alarma, decretado por el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
“Es un supuesto de emergencia ante determinadas situaciones, digamos catastróficas, como es la pandemia del coronavirus. Supone, sin afectar a los derechos fundamentales, poner bajo la autoridad central todos los recursos del estado, público y privado, para que se pueda racionalizar todos los recursos nacionales para contener, minimizar y aniquilar la amenaza, en este caso la epidemia”.
Explica que “se hace con el fin de ganar eficacia”. Además, “la ley obliga a que estos mecanismos sean publicados. Se anuncia y los medios serán requeridos para lo que sea necesario, para que la gente quede informada”. Advierte de que “la epidemia puede durar cuatro meses, hasta finales de mayo o principios de junio”
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