Coronavirus

¿Son nulas las vacaciones durante el estado de alarma? Una sentencia abre el debate

Un juzgado de Melilla se ha pronunciado sobre la posibilidad de declarar nulas las vacaciones disfrutadas durante el estado de alarma en España y posponerlas

ondacero.es

Madrid | 14.11.2020 07:01

Terrazas vacías en una calle del centro de Madrid.
Terrazas vacías en una calle del centro de Madrid. | Ignacio Pereira

El Juzgado de lo Social número 1 de Melilla ha dejado claro que tener vacaciones durante el confinamiento decretado por el Gobierno no puede ser considerado como descanso. En una sentencia reconoce que si las vacaciones del trabajador coinciden con un periodo de confinamiento por el coronavirus, el afectado "debe conservar su derecho a disfrutar vacaciones en un tiempo posterior". Esta sentencia se ha producido después de que una delegada de la federación de industria, construcción y agro de UGT (UGT-FICA) pusiera una denuncia contra la empresa de ITV Ivesur Melilla.

El fallo recoge la nulidad de las vacaciones aprobadas por la empresa hacia una de sus trabajadoras del 30 de marzo al 5 de abril de 2020 y declara que la empleada tiene derecho a disfrutar de su periodo vacacional correspondiente a este año del 9 al 15 de diciembre.

Causa de fuerza mayor que condiciona las vacaciones

En la sentencia el juez ha indicado que la pandemia de la covid-19 "reviste la consideración de supuesto de fuerza mayor en su condición de acontecimiento imprevisto e inevitable, aunque hubiera sido posible su previsión". Esta situación, según el juez, hace que la trabajadora conserve su derecho "al verse afectada por una causa de fuerza mayor que condiciona de modo directo sus vacaciones", y considera que ha de conservar su derecho "a disfrutar las mismas", agrega el auto, contra el que no cabe recurso.

Derecho irrenunciable que protege la salud

Esta sentencia se convierte en referente nacional de derechos dando la razón a la delegada de UGT-FICA. Abderramán El Fahsi El Mokhtar, secretario general de UGT-FICA Melilla, afirma que es "una victoria judicial muy importante" para su delegada en dicha empresa.

Asimismo, el sindicato ha resaltado que el confinamiento no son vacaciones y que este periodo de descanso "es un derecho irrenunciable, como protección de la salud y seguridad y como recuperación de la fatiga que provoca el trabajo y ahora también el confinamiento".