El pluriempleo es cada vez más habitual en España, ya sea por necesidad económica, flexibilidad laboral o desarrollo profesional. Sin embargo, no son pocas las dudas que aparecen cuando se tiene más de un empleador a la vez. Te explicamos que tienes que tener en cuenta si te encuentras en esta situación o si estás valorando aceptar un segundo empleo.
¿Es legal tener dos trabajos?
Sí, en nuestro país es legal tener dos o más empleos siempre que no existaincompatibilidad contractual. Esto sucede, por ejemplo, si alguno de tus contratos tiene exclusividad o si te impide trabajar en otras empresas del mismo sector.
Pluriactivad y pluriempleo
Lo primero que tenemos que tener en cuenta, son las diferencias entre pluriactividad y pluriempleo, ya que esto afecta a nuestras cotizaciones.
Se entiendo como pluriempleo cuando una persona trabaja para dos o más empresas distintas como asalariado (es decir, con contratos por cuenta ajena). En este caso, el trabajador cotiza a la Seguridad Social en todos sus empleos, pero con ciertos límites: el primero se considera "principal" y los demás "complementarios", y las bases de cotización se suman hasta un tope máximo.
La pluriactividad se da cuando una persona combina un trabajo por cuenta ajena (asalariado) con otro por cuenta propia (autónomo). Aquí, el trabajador cotiza en dos regímenes distintos de la Seguridad Social: el Régimen General (como asalariado) y el RETA (como autónomo). A diferencia del pluriempleo, no hay límite de cotización conjunto, pero el autónomo debe pagar su cuota íntegra, independientemente de lo que cotice en su empleo. Además, debe gestionar sus obligaciones fiscales por separado (IRPF, IVA si aplica).
¿Cómo funciona la cotización a la Seguridad Social con dos trabajos?
En España, si tienes dos empleos cotizas en ambos, pero con reglas específicas.
Si los dos trabajos están en el Régimen General (pluriempleo), uno se considera “trabajo principal” y en el cotizas por la base máxima según tu salario, mientras en el “trabajo secundario” cotizas por una base adicional con un tope máximo conjunto.
Debes tener en cuenta que no acumulas más derechos por ser pluriempleado (no cotizas el doble para la jubilación, por ejemplo).
En cambio, si te encuentras en situación de pluriactividad, cotizarás en el Régimen General como asalariado y deberás darte de alta en RETA como autónomo y pagar la cuota correspondiente.
En este caso, la Seguridad Social también aplica un límite máximo de cotización (4.909,50 € mensuales para 2025). Si superas este tope entre ambos trabajos, no cotizarás de más.
¿Cómo afecta tener dos trabajos ante Hacienda? (Declaración de la Renta)
Tener dos nóminas implica sumar los ingresos en la declaración de la renta. Cada empresa aplica retenciones según su salario, pero al hacer la renta, Hacienda recalcula según el total. Si la suma de ambos salarios te lleva a un tramo superior del IRPF deberás pagar la diferencia al hacer la declaración de la Renta. Por ese motivo, es importante, comunicar a ambas empresas la cotización en la otra empresa para poder calcular adecuadamente las retenciones durante el año. De este modo, se descontará el IRPF correcto mes a mes y no deberás pagar más al hacer la Renta.
Si no quieres dar explicaciones a tu empresa, siempre puedes calcular que retención te correspondería en el simulador de la Agencia Tributaria y solicitar a la empresa que te apliquen esa retención.
¿Cómo afecta al paro, la jubilación y la incapacidad?
Si pierdes uno de los dos trabajos, puedes cobrar el desempleo parcial del trabajo que perdiste siempre que se cumplan las condiciones para ello. La casuística es diversa, pero puedes consultar las dudas más frecuentes en la web del Servicio Público de Empleo.
En el caso de la jubilación, tienes que tener en cuenta que las bases de cotización se integran, pero no se duplican los años cotizados.
Si te encuentras en situación de incapacidad temporal, debes saber que la prestación se calcula sobre la base del trabajo que genera la baja.

