A partir del 14 de noviembre de 2025, todas las personas que tengan contratada a una empleada del hogar en España estarán obligadas a realizar una evaluación de riesgos laborales del domicilio donde la trabajadora desempeña sus tareas. El incumplimiento de esta nueva normativa podrá suponer multas de hasta 49.180 euros, según establece el Real Decreto 893/2024, que regula por primera vez la prevención de riesgos en el sector del hogar familiar.
Qué es la evaluación de riesgos laborales
La evaluación de riesgos consiste en identificar, valorar y controlar los posibles peligros que existen en el entorno de trabajo de las empleadas del hogar. Esto incluye tanto las tareas que realizan, como limpieza, cocina, cuidado de personas, manipulación de cargas o uso de productos químicos y electrodomésticos, pero también las condiciones del espacio donde trabajan: orden, iluminación, riesgos eléctricos, presencia de mascotas o mobiliario inadecuado, entre otros factores.
El objetivo es garantizar que las trabajadoras desarrollen su labor en un entorno seguro y saludable, en igualdad de condiciones con el resto de sectores profesionales.
Obligaciones de la persona empleadora
La responsabilidad de realizar la evaluación recae exclusivamente en quien contrata a la empleada del hogar. Para facilitar el cumplimiento, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha habilitado una herramienta gratuita en el portal oficial Prevención10.es.
A través de un cuestionario guiado, el empleador podrá detectar riesgos, proponer medidas preventivas, asignar responsables y fijar plazos de corrección. Una vez completado el proceso, el sistema genera un informe que debe ser entregado y explicado a la trabajadora.
Cumplir con la evaluación no se limita a rellenar el formulario: la persona empleadora deberá implementar las medidas preventivas necesarias, comprobar que se mantienen en el tiempo y actualizar la evaluación si cambian las condiciones del domicilio o las tareas asignadas.
La normativa también establece que los costes derivados de la prevención no pueden recaer sobre la empleada, lo que refuerza su protección laboral y sanitaria.
Sanciones por incumplimiento
No realizar la evaluación, no aplicar las medidas preventivas o no poder acreditar documentalmente el cumplimiento puede considerarse una infracción muy grave. Las sanciones oscilan entre 2.451 y 49.180 euros, dependiendo de la gravedad y las circunstancias. En caso de accidente laboral, podría además derivarse responsabilidad civil o penal para la persona empleadora.
Un cambio histórico para el sector del hogar
Hasta ahora, el empleo doméstico había quedado fuera del ámbito de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995, lo que suponía una excepción respecto al resto de sectores. Con la aprobación del Real Decreto 893/2024, España da un paso más en la equiparación de derechos y condiciones laborales de un colectivo formado mayoritariamente por mujeres.

