El Gobierno prohibe el cobro en las llamas telefónicas de atención al cliente
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la medida que establece que los teléfonos de atención al cliente de las empresas que prestan servicios básicos, tanto públicas como privadas, deberán ser gratuitos.
El Consejo de Ministros ha anunciado este martes que los teléfonos de atención al cliente de las empresas de servicios básicos será gratuitos. La medida afecta a compañías de agua, gas, electricidad, seguros, transporte aéreo, terrestre y marítimo, protección a la salud, saneamiento, residuos y de servicios financieros y postales, así como a las de saneamiento y residuos, según el Ministerio de Consumo.
El resto de empresas deberán contar con un número de teléfono fijo o móvil, que deberá aparecer también en la publicidad de la atención al cliente. Así, el Gobierno ha determinado que ningún teléfono de atención al cliente podrá incurrir en un coste mayor al de una llamada de teléfono, ya sea a fijo o a móvil.
La iniciativa, promovida por el departamento de Consumo, pretende acabar con los "abusos y sobrecostes" en las facturas de teléfono y garantizar, a su vez, que los clientes puedan disponer de un número de tarificación básica para contactar con este tipo de compañías, pues muchas de ellas incluían números de tarificación especial.
Asimismo, se pretende que los consumidores más vulnerables tengan acceso a este tipo de servicios, pues, según datos del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el coste por minuto en los números 902 se situaba entre los 0,12 y 0,40 euros.
La medida modifica los artículos 21.2 y 49 de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. Y, como indica el ministerio dirigido por Alberto Garzón, acota el concepto de tarifa básica telefónica y, con ello, resuelve las discrepancias en la interpretación que muchas empresas han hecho para imponer la numeración de tarificación especial en la atención al cliente.
Por último, la ley incorpora como infracción el incumplimiento de estas obligaciones relacionadas a los servicios de atención al cliente y contempla la imposición de sanciones por las comunidades autónomas en caso de incumplimiento.