Una ola de incendios está arrasando España de norte a sur. Tarifa (Cádiz) donde hay miles de desalojados; Chandrexa de Queixa en Ourense, el peor del año en Galicia; Las Médulas, en León, donde el fuego ha quemado este paraje declarado Patrimonio de la Humanidad y ha acabado con la vida de un voluntario, o en Tres Cantos (Madrid), donde también ha muerto una persona.
Algunos de ellos, según informaciones facilitadas por las autoridades, se cree que pueden haber sido intencionados. Por ejemplo, del segundo de Tarifa hay "sospechas fundadas", mientras que una mujer está siendo investigada en Muxía (A Coruña) por haber provocado cinco incendios forestales entre el 3 y el 11 de agosto. Las penas a las que se enfrentan los pirómanos están recogidas en el artículo 351 del Código Penal y van desde uno a 20 años de prisión y multas económicas.
De uno a 20 años de prisión
"Los que provocaren un incendio que comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas, serán castigados con la pena de prisión de 10 a 20 años", dice el citado artículo, detallando que los Jueces o Tribunales pueden poner una pena inferior en función de la gravedad o peligro para otros que haya causado el incendio.
Así las cosas, el artículo 352 establece que aquellas personas que hayan incendiado montes o masas forestales se enfrentarán a una pena de cárcel de uno a cinco años y una multa económica de 12 a 18 meses. Si el incendio ha supuesto un peligro para la vida de las personas, puede aumentarse a los 10 y 20 años y la multa pasaría de 12 a 24 meses.
Cuándo un incendio es declarado de especial gravedad
Cuando el incendio provocado sea declarado de especial gravedad, el pirómano será castigado con una pena de prisión de tres a seis años (pudiendo ser superior). Para ello, ha tenido que darse alguna de las siguientes circunstancias, según el artículo 353 del CP.
- Que afecte a una superficie de considerable importancia
- Que se deriven grandes o graves efectos erosivos en los suelos
- Que altere significativamente las condiciones de vida animal o vegetal o algún espacio natural protegido
- Que afecte a zonas próximas a núcleos de población o lugares habitados
- Que sea provocado en un momento en el que las condiciones climatológicas o del terreno incrementen de forma relevante el riesgo de propagación del mismo
En los casos en los que el incendio no se propague, el pirómano solo será castigado con una pena de prisión de seis meses a un año y la multa se verá reducida de seis a 12 meses. Además, en todos estos casos los Jueces o Tribunales pueden acordar que la calificación del suelo en las zonas afectadas no se modifique por un plazo de hasta 30 años.

