La Global Sumud Flotilla (GSF) ya está en aguas internacionales, tal y como ha informado a través de Telegram. Su intención es llegar a la Franja de Gaza para llevar ayuda humanitaria a la población, sin embargo, la misión está en riesgo. En anteriores ocasiones, Israel ha interceptado embarcaciones con el mismo propósito en cuanto han entrado en aguas internacionales.
El buque de salvamento marítimo del Ejército está preparado para actuar si fuera necesario, si bien, si la flotilla se adentra en la zona de exclusión no podrá hacer nada porque supone un "riesgo importante" para la tripulación. De hecho, el Gobierno de España ha "recomendado encarecidamente" a la flotilla que no entre porque "hacerlo pondría en riesgo su propia seguridad".
Las zonas del mar se dividen según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) o 'Convención de Montego Bay', que se firmó en Jamaica en 1982. Esta norma divide al mar en varias zonas: aguas internas, aguas territoriales, zona contigua, zona económica exclusiva (ZEE) y aguas internacionales.
Una zona de exclusión tiene una duración limitada y no está regulada por la CONVEMAR
La zona de exclusión no está definida como tal en la CONVEMAR porque tienen una duración limitada. Se encuentran dentro o más allá del mar territorial y su anchura la establece el Estado durante un conflicto bélico. El Estado restringe o prohíbe el acceso a buques no autorizados porque pueden considerarse hostiles y ser atacados si se saltan la prohibición.
Tienen como objetivo proteger buques propios o proteger el acceso del enemigo a un área estratégica. Si bien, son objeto de controversia, como ocurrió en 1982, cuando Reino Unido estableció una zona de exclusión total sobre las Malvinas. En cuanto a la regulación, la CONVEMAR no ejerce su regulación sobre las zonas de exclusión, porque esta está pensada para tiempos de paz.
Conflicto diplomático, violación del bloqueo naval o del control militar
Los delitos que puede cometer la flotilla si entra en la zona de exclusión delimitada por Israel los regulan organismos internacionales como las Naciones Unidas (ONU), el Tribunal Internacional del Derecho del MAR (TIDM), la Organización Marítima Internacional (OMI), los convenios de Ginebra y el manual de San Remo sobre el Derecho Internacional aplicable a los conflictos armados en el mar.
- Violación de la zona de exclusión y bloqueo naval: Israel mantiene un bloqueo sobre Gaza, por lo que si la flotilla intenta atravesarlo, desde el punto de vista israelí puede considerarse violación de una zona de exclusión, por lo que puede ser interceptada y retenida. La población, incluso, puede ser detenida, interrogada y, finalmente, deportada.
- Violación del derecho de bloqueo: si durante un conflicto hay un bloqueo naval declarado bajo las condiciones del derecho internacional, su violación puede considerarse un acto de guerra y la embarcación sería interceptada. La flotilla se enfrentaría a consecuencias legales, según la ley israelí.
- Violación de control militar y de seguridad: Israel podría considerar que cualquier interferencia en su cerco marítimo es ilegal, por lo que puede alegar que la flotilla es una amenaza o va a llevar a cabo actos hostiles, por lo que su tripulación puede pasar por procedimientos judiciales, sanciones penales y administrativas.
Asimismo, la entrada de la flotilla en la zona de exclusión puede desencadenar un conflicto diplomático, sobre todo porque el Ministerio de Asuntos Exteriores israelí considera que tiene vínculos con Hamás, por eso cree que viola el derecho internacional.
La flotilla, en todo momento, ha alegado que lleva a cabo una misión pacífica y humanitaria. Si bien, la realidad es que si entra en la zona de exclusión, el Estado español no podrá hacer nada en su ayuda, porque a diferencia de las aguas territoriales e internacionales, en la zona de exclusión no hay derecho de paso "inocente", que permite entrar, atravesar y salir por el mar territorial sin que supone un problema para la paz o seguridad del Estado.

