Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Estrasburgo cambia de criterio y avala las devoluciones "en caliente" en la valla de Melilla

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos avala las devoluciones en caliente de la valla de Melilla. Los jueces revocan la sentencia de ese mismo tribunal que condenó a España en 2017; consideran que los inmigrantes recurrieron a la fuerza y se pusieron en una situación de ilegalidad.

Jacobo de Regoyos

Bruselas | 13.02.2020 16:31

Según esta sentencia, España no violó la prohibición de realizar expulsiones colectivas de la Convención Europea de Derechos Humanos ni tampoco el artículo 13 sobre el derecho a un recurso efectivo cuando dos jóvenes africanos en 2014 -junto a un grupo de unos 80 migrantes- saltaron todos juntos la valla de Melilla, pero la Guardia Civil los arrestó y los devolvió a Marruecos.

En 2017, los jueces del Tribunal de Estrasburgo dijeron que era una expulsión colectiva en caliente prohibida por el derecho internacional, pero la sentencia no era firme y España apeló.

Ahora, el tribunal ha decidido todo lo contrario y ya no se puede recurrir. Esta es la sentencia que avala las expulsiones porque se pusieron ellos mismos, los migrantes, en situación de ilegalidad al acudir ellos mismos a lugares no autorizados recurriendo a la fuerza.