El incidente del ejecutivo ha sido registrado ya en el Tribunal Constitucional, que lo admitirá a trámite mañana en el pleno que tiene previsto celebrar.
La admisión a trámite conllevará automáticamente la suspensión de lo acordado por el legislativo catalán. Ello es debido a que, en el incidente de ejecución de sentencia, que considera que el Parlament desobedeció las resoluciones del Constitucional, se reclama la aplicación del articulo 161 de la Constitución.
Dicho artículo señala: "El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses".
Además de la suspensión cautelar de los efectos del pleno del 27 de octubre, el incidente del ejecutivo solicita otras medidas que podrían conducir a una nueva denuncia del Constitucional, por desobediencia, contra los miembros de la Mesa del Parlament y ante la fiscalía.