La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha decidido que deberán ser las Audiencias Provinciales y la Audiencia Nacional, es decir, los tribunales sentenciadores, los que apliquen la reciente sentencia del Tribunal de Estrasburgo que anuló la 'doctrina Parot' en el caso de Inés del Río. Este planteamiento, propuesto por el magistrado Miguel Colmenero, ha recibido un apoyo mayoritario de los dieciséis miembros de la Sala Penal que se han reunido.
De esta forma, el alto tribunal avala a la Audiencia Nacional en su [[LINK:INTERNO||||||reciente decisión de excarcelar a nueve etarras]]. Fuentes de la sala han informado de que serán los tribunales que ya aplicaron la doctrina los que ahora apliquen su eventual anulación y que si las partes, por ejemplo el fiscal, está en desacuerdo con sus resoluciones, podrá acudir entonces al Supremo, que solo se ocupará de esta materia a través de los recursos, de los cuales tiene ya cinco pendientes, que resolverá la próxima semana.