Imanol Arias ha sido condenado a dos años y dos meses de prisión por haber defraudado a Hacienda cerca de dos millones de euros entre 2010 y 2013. La sentencia, dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Nacional dentro del llamado "caso Nummaria", reconoce que el actor utilizó un entramado de sociedades y la figura de la renta vitalicia para ocultar ingresos procedentes de su actividad profesional y mejorar fraudulentamente su tributación.
A pesar de lo grave de los hechos, el protagonista de "Cuéntame cómo pasó" no ingresará en prisión. ¿Por qué una condena que supera los dos años no se traduce automáticamente en cárcel? La respuesta está en la letra del Código Penal y en una condena dividida en varios delitos
Cinco delitos, cinco penas
La clave jurídica está en que Imanol Arias no ha recibido una única pena de más de dos años, sino cinco condenas independientes por delitos relativos al IRPF, cada uno vinculado a un ejercicio fiscal: dos de cuatro meses por los años 2010 y 2011; y tres de seis meses por los años 2012, 2013 y 2014.
En total, 26 meses de prisión. Sin embargo, ninguna de las penas individuales supera el umbral de 2 años, lo que permite la aplicación del artículo 80 del Código Penal, que contempla la suspensión del ingreso en prisión en casos donde concurren ciertos requisitos: la falta de antecedentes penales, la colaboración con la Justicia y la reparación del daño, entre otros.
Un pacto con la Fiscalía
La sentencia es fruto de un acuerdo entre el actor y la Fiscalía Anticorrupción, en el que Arias reconoció los hechos y aceptó la responsabilidad penal. Este pacto agiliza el proceso judicial y permite al acusado beneficiarse de rebajas de pena.
Como explica el abogado penalista Chema de Pablo, hay un error frecuente en la forma en la que se interpretan este tipo de condenas múltiples: "Los titulares sumando decenas de años de cárcel son muy jugosos... pero poco rigurosos. Lo decisivo es saber cuánto se le ha impuesto por cada delito, porque solo cumplirá el triple de la mayor." El sistema penal español no acumula penas sin límite, sino que establece mecanismos para evitar condenas desproporcionadas cuando los delitos son múltiples pero de escasa entidad individual.
La suspensión de penas inferiores a dos años es una práctica habitual en España cuando se cumplen los requisitos legales. No es, por tanto, una excepción aplicable solo a personas famosas o con recursos.

