La Audiencia Nacional ha abierto una investigación contra el presidente de Sidenor, José Antonio Jainaga, por presuntos delitos de contrabando y complicidad en delitos de lesa humanidad o genocidio, tras la supuesta venta sin autorización de partidas de acero a la compañía Israel Military Industries (IMI), fabricante de armamento pesado y ligero.
Según el auto del juez Francisco de Jorge, instructor de la causa, la operación comercial se habría llevado a cabo sin la preceptiva autorización del Gobierno ni la inscripción en el registro correspondiente, tal como exige la legislación española sobre exportaciones de material sensible o de doble uso. Los hechos fueron puestos en conocimiento del magistrado a raíz de un oficio de la Comisaría General de Información, fechado el pasado 10 de septiembre.
El magistrado también ha acordado investigar a otros dos directivos de la compañía, al apreciar indicios de que conocían plenamente el destino del material y la naturaleza del cliente. Según la Audiencia Nacional, los tres investigados habrían tenido constancia de que el acero vendido sería empleado para la fabricación de armamento por parte de IMI.
La investigación apunta, además, a la sociedad mercantil Clerbil SL, administradora única de Sidenor Holdings Europa, por su posible responsabilidad en los hechos. No obstante, el juez ha descartado por el momento investigar a Sidenor Aceros Especiales SLU como persona jurídica, destacando el papel activo de sus trabajadores en la denuncia pública y en la paralización de la actividad presuntamente delictiva.
El instructor invoca la Directiva (UE) 2019/1937 y su transposición en la Ley 2/2023, de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas, para garantizar la protección a las entidades o empleados que actuaron como informantes dentro de la empresa. Así, la sociedad no se verá afectada por posibles medidas cautelares ni por eventuales sanciones derivadas del proceso penal.
En su resolución, el juez Francisco de Jorge recuerda que los hechos acontecidos en Gaza son de dominio público y han sido calificados provisionalmente como delitos internacionales por organismos como el Tribunal Penal Internacional (TPI). También alude a las denuncias presentadas por la Relatora Especial de la ONU, Francesca Albanese, y por la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados Palestinos (UNRWA), entre otras entidades.
La causa se originó a raíz de una querella presentada por la Asociación Comunitat Palestina de Catalunya-Terra Santa, y el juez ha citado a los tres investigados a declarar el próximo 12 de noviembre en la sede de la Audiencia Nacional, una vez levantado el secreto del sumario.
De confirmarse los hechos, estos podrían ser constitutivos de un delito de contrabando, según la Ley Orgánica de Represión del Contrabando, y de complicidad en delitos de lesa humanidad o genocidio, contemplados en los artículos 29, 607 y 607 bis del Código Penal.

