Eva Llamazares| @eva10diez
Madrid | 10.07.2015 12:11
Los asesinatos de ETA se pueden enmarcar, según el juez de la Audiencia Nacional, Juan Pablo González, en un delito de Lesa Humanidad, de modo que el magristrado admite parcialmente las querellas de Dignidad y Justicia por este delito, en concurso real con delitos de asesinato cometidos a partir del 1 de octubre de 2004, cuando se incorporó el artículo que tipifica este delito en el Código Penal hasta la actualidad.
El magistrado pide a los servicios de información de la Policía Nacional y la Guardia Civil que informen, a la mayor brevedad, sobre la existencia de causas abiertas en relación con los delitos de asesinato o secuestro que pudieran haber sido cometidos por miembros de ETA desde esa fecha facilitando el número de sumario y todos los datos, así como identificar a los integrantes de los órganos directivos de ETA desde esa fecha.
Por tanto, los dirigentes de la banda terrorista desde 2004 se enfrentan, a partir de ahora, a nuevas penas por los asesinatos por los que ya han sido juzgados, por lo que pueda suponer esta condena por lesa humanidad.