El nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado por el Gobierno el 19 de noviembre, entrará en vigor este martes 20 de mayo, con el objetivo por parte del Ejecutivo de dotar de flexibilidad al sistema -estima que podrán regularizarse unos 300.000 migrantes al año- pero también la inquietud de las organizaciones, que advierten de que deja en el limbo a los solicitantes de asilo rechazados.
"simplificar y agilizar los procedimientos"
Según explicó la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, este nuevo reglamento busca "simplificar y agilizar los procedimientos", evitando la "presentación excesiva" de documentos o por "vías inadecuadas" y la doble comprobación de los mismos requisitos; reducir los tiempos, excesivos, empleados para algunas vías de migración regular.
Además, el reglamento tiene como objetivo mejorar la concreción jurídica respecto a las figuras y situaciones cubiertas por determinados permisos; contemplar, de manera expresa, los derechos de las personas trabajadoras migrantes; conseguir una mayor claridad y la regulación de en qué supuestos, y bajo qué condiciones, se puede modificar el estatus migratorio de una persona, y de sus familiares".
El nuevo reglamento cuenta con cinco modalidades: social, socioformativo, sociolaboral, familiar y el arraigo de segunda oportunidad. La novedad es que se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de tres a dos años. También se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar no sólo por cuenta ajena, sino también por cuenta propia desde el primer momento.
Otra de las novedades previstas en este reglamento es la autorización específica de residencia y trabajo cuyo objetivo es facilitar la contratación tanto a nivel individual como colectivo.
Inquietud por los solicitantes de asilo
A pesar de las flexibilización del sistema, las organizaciones de defensa de migrantes (Andalucía Acoge, Cáritas, CEAR, Red Acoge y Servicio Jesuita a Migrantes) presentaron en enero un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra la norma. En él, advierten de que la reforma del reglamento impide que el tiempo que los solicitantes de asilo pasan en España de forma legal, esperando una respuesta a su solicitud, pueda usarse para solicitar el permiso de residencia en caso de que la resolución de protección internacional sea negativa.