El magistrado de la Audiencia Nacional ha adoptado esta decisión en un auto al entender que la Constitución consagra "la más amplia libertad para la exposición y defensa públicas de cualesquiera concepciones ideológicas, incluyendo las que pretendan para una determinada colectividad la condición de comunidad nacional".
Destaca además que el pleno de San Cugat aprobó esta moción antes de que el pasado 2 de diciembre el Tribunal Constitucional declarara la ilegalidad de la resolución independentista del Parlament y "no existía un mandato general a las autoridades y servidores públicos de abstención de opinar o posicionarse ideológicamente".
Se trata de una de las cinco denuncias que formuló la Fiscalía de la Audiencia Nacional contra cinco ayuntamientos catalanes por haber aprobado la resolución independentista: Sant Cugat del Vallés (Barcelona), Igualada (Barcelona), Celrá (Girona) y La Seu d'Urgell (Lleida).
Por el momento, solo han abierto diligencias para investigar estos hechos denunciados por la Fiscalía los jueces de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz y Fernando Andreu con respecto a los Ayuntamientos de Celrá (Girona) y La Seu d' Urgell, respectivamente.