REFORMA DE DESPIDO

Trabajo se reúne con los sindicatos y empresarios para negociar la reforma del despido improcedente

El objetivo es que el despido sin causas justificadas deje de ser barato para las empresas y la indemnización sea disuasoria y repare el daño causado al trabajador.

Nerea Pardillo

Madrid |

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz | Fernando Sánchez / Europa Press

El ministerio de Trabajo se reúne con los agentes sociales para iniciar las negociaciones sobre la reforma del despido. El secretario de Estado de Trabajo y mano derecha de Yolanda Díaz, Joaquín Rey, presidirá todas las mesas laborales que convoque a partir de ahora el Ministerio para tratar el tema.

La reforma, recogida en el programa de Gobierno de PSOE y Sumar, responde a la interpretación que ha hecho de la normativa española el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) que condenó a España por "vulnerar" la Carta Social en lo referente a la indemnización por despido improcedente (33 días por año trabajado). El organismo internacional considera que esa cantidad es insuficiente y no disuade a los empresarios de despedir injustamente a los trabajadores.

El objetivo es que el despido improcedente no sea barato para las empresas

Con esta reforma, el departamento de Yolanda Díaz busca recuperar la fórmula del despido restaurativo, cuya votación salió adelante el pasado mes de septiembre en el Congreso gracias al voto equivocado del diputado del PP, Joan Mesquida. Este "despido restaurativo" se basa en establecer indemnizaciones en función del tamaño de la empresa, su volumen de negocio u otras circunstancias.

De esta manera, la cantidad sería adecuada y el despido improcedente dejaría de ser "barato" para las empresas.

El Comité Europeo estableció que España incumple la Carta Social

El CEDS expresó en sus resoluciones de julio de 2024 y junio de 2025 que los límites máximos de indemnización según la legislación española "no son suficientemente elevados para reparar el perjuicio sufrido por la víctima en todos los casos y ser disuasorios para el empresario".

Las resoluciones del Comité Europeo llegaron tras las denuncias de CCOO y UGT, quienes consideran el derecho penal de España no permite que los trabajadores despedidos de manera improcedente reclamen una indemnización vinculada al daño real ni permite que sea "mínima, accesible y efectiva".

Por todo ello, los sindicatos pidieron a la ministra de Trabajo que convocara la mesa de negociación "lo antes posible" para reformar la ley, para que la indemnización por despido improcedente sea disuasoria y repare el daño causado al trabajador.

El Tribunal Supremo considera que la cantidad sí es adecuada

Aun así, el pasado mes de julio, el Tribunal Supremo emitió una sentencia en la que indica que es decir, los jueces no pueden aumentar la cantidad de dinero marcada por la ley, sino que tiene que hacerse a través del Parlamento, por una nueva ley. la indemnización "no se puede subir por vía judicial",

Asimismo, considera que no se está incumpliendo ni el artículo 10 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ni del artículo 24 de la Carta Social Europea revisada porque ambos dicen que tiene que haber "una indemnización adecuada", pero sin especificar qué cantidad. Por eso, reitera que la indemnización actual es "adecuada", ya que ofrece "seguridad jurídica y uniformidad para todos los trabajadores".

Por todo ello, el Alto Tribunal concluye en la sentencia que las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales "no son ejecutivas, ni directamente aplicables entre particulares" porque el CEDS no es un tribunal, por lo que sus decisiones no son obligatorias.