IRPF

No todos cobrarán los 4.000 euros del IRPF: estos pensionistas mutualistas quedan fuera de la devolución

El reembolso aprobado por Hacienda no llegará a todos los jubilados: quedan excluidos quienes, pese a haber cotizado antes de 1979, no cumplen con ciertos criterios fiscales actuales

Samuel de la Fuente

Madrid |

No todos cobrarán los 4.000 euros del IRPF: estos pensionistas mutualistas quedan fuera de la devolución
No todos cobrarán los 4.000 euros del IRPF: estos pensionistas mutualistas quedan fuera de la devolución | Pexels

Las apariencias engañan. Aunque el reciente anuncio de Hacienda prometía una devolución de hasta 4.000 euros por ejercicio a miles de jubilados que en su día cotizaron a mutualidades laborales obligatorias, lo cierto es que muchos pensionistas no verán ni un euro de esa devolución. La medida, recogida en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 25 de julio, ha despertado ilusión, pero también frustración. Porque sí, hay letra pequeña, y más de uno se ha quedado fuera del reparto.

¿A quién va dirigida esta medida?

La devolución está pensada para quienes trabajaron y cotizaron antes de 1979 aunque en algunos casos también abarca a quienes lo hicieron en los 80 o incluso los 90 en el marco de un sistema de mutualidades laborales que era obligatorio antes de la integración en el sistema general de la Seguridad Social. Según lo acordado, podrán recuperar hasta 4.000 euros anuales correspondientes a los ejercicios entre 2019 y 2022, sin necesidad de presentar una declaración complementaria.

El origen de esta devolución se encuentra en una corrección fiscal tras una sentencia del Tribunal Supremo, que dio la razón a los pensionistas al reconocer que Hacienda aplicó mal la normativa. Durante años, no se redujo un 25 % la base imponible de estas pensiones, por lo que se pagaron impuestos de más. Ahora, Hacienda lo reconoce, pero solo para algunos.

Pero no todos verán el dinero

La devolución automática no es universal. Uno de los criterios clave para recibirla es que la pensión actual tenga retenciones de IRPF. Aquí es donde empiezan las exclusiones. Quienes perciben pensiones bajas por debajo del mínimo exigido para que Hacienda les retenga no recibirán ningún ingreso extra, aunque cotizaran en su momento igual que cualquier otro mutualista.

En otras palabras, "aunque en su día hayan cotizado lo mismo que una persona más adinerada, no podrán reclamar este dinero que le deben, todo gracias a su pensión".

El descontento no se ha hecho esperar. Algunas asociaciones de jubilados ya han mostrado su desacuerdo con esta limitación. Reclaman que se tenga en cuenta el historial de cotización y no únicamente la fiscalidad actual. Pero, hasta la fecha, ni la Agencia Tributaria ni el Gobierno han dado señales de modificar los requisitos.

Tampoco tendrán derecho al reembolso aquellos pensionistas que, con el paso del tiempo, vieron cómo su pensión fue igualada al nivel que les correspondería si hubieran estado bajo el régimen general. En estos casos, el Estado considera que no existe una base diferenciada que justificaría la devolución.

Client Challenge

¿Qué deben hacer quienes sí tienen derecho?

El procedimiento es sencillo, el reembolso se hará de forma automática, sin que sea necesario presentar una nueva declaración. Para beneficiarse, hay que haber cotizado a mutualidades laborales antes de 1979, recibir actualmente una pensión pública y tener retención de IRPF sobre ella. Si se cumplen estas condiciones, la devolución llegará en un único pago.