IMPUESTO DE SUCESIONES

Estas son las comunidades autónomas en las que más se paga al heredar

El impuesto de sucesiones lo gestionan las comunidades autónomas, por lo que varía en función del lugar de residencia. También hay que tener en cuenta la base imponible, el grado de parentesco o el valor total de la herencia

Nerea Pardillo

Madrid |

Billetes
Billetes | Unsplash

Cuando una persona muere, sus descendientes son los encargados de recibir su herencia, en función de lo que la persona fallecida haya puesto en su testamento o últimas voluntades. Si bien, heredar no es gratis, sino que en España hay que pagar el impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Este gravamen lo gestionan las comunidades autónomas, por lo que en función del lugar de residencia la persona que hereda pagará más o menos. También influye el grado de parentesco o el total del valor de la herencia. Por eso, en algunas ocasiones, la persona debe valorar si le es más conveniente aceptar o renunciar a la herencia.

El impuesto de sucesiones se calcula a partir de la base imponible. Para conseguirla hay que sumar el valor neto de los bienes heredados y restar deudas o gastos. Después hay que aplicar las reducciones que cada comunidad autónoma tenga establecidas y según el grado de parentesco. El siguiente paso es añadir unos coeficientes multiplicadores y finalmente las comunidades aplican sus propias bonificaciones.

Hay diferentes grados de parentesco:

  • Grupo I: descendientes y adoptados menores de 21 años
  • Grupo II: descendientes y adoptados de 21 años o más, cónyuges
  • Grupo III: hermanos, tíos, sobrinos
  • Grupo IV: primos u otros grados más distantes de parentesco

La comunidad autónoma en la que más se paga por heredar y en la que menos

Según los datos ofrecidos por el Consejo General de Economistas en su informe 'Panorama de la Fiscalidad Autonómica y Foral 2025' la comunidad autónoma en la que más se paga por heredar es Cataluña.

Hay una serie de razones que explican esto: primero, por las bonificaciones limitadas según la base imponible, es decir, a medida que aumenta el valor de la herencia, menos bonificaciones. Además, la comunidad catalana tiene una estructura propia para este impuesto y tipos impositivos altos en comparación con otras comunidades. Hay comunidades que ofrecen bonificaciones del 99% o del 100% para herencias elevadas en grupos I y II, pero no es el caso de Cataluña. Además, los grupos III y IV no tienen grandes ventajas.

Le siguen Asturias, Navarra, País Vasco y Castilla - La Mancha. En estas comunidades hay bonificaciones muy limitadas. En Asturias, por ejemplo, no se paga si la herencia es inferior a 300.000 euros. En Navarra los tipos, en general, son muy bajos y en el País Vasco los grupos I y II están exentos siempre y cuando el valor de la herencia será inferior a 400.000 euros. En el caso de Castilla - La Mancha la bonificación es del 100% solo hasta 175.000 euros de herencia, a partir de esta cantidad, se reduce.

Las comunidades en las que menos se paga

Galicia, Madrid, Extremadura, Cantabria y Andalucía son otras comunidades en las que sus ciudadanos pagan poco por heredar. Por ejemplo en Galicia gozan de exención total los grupos I y II hasta que el valor total de la herencia sea de un millón de euros. En el caso de Extremadira y Andalucía la bonificación para los grupos I y II es del 99%.

La Comunidad de Madrid ha reformado recientemente este impuesto. Ya contaba con bonificaciones del 99% para los grupos I y II, mientras que para el grupo III pasa al 50% (antes era del 25%). Son los mismos porcentajes que en Cantabria.

En otras comunidades como Castilla y León, Murcia o La Rioja la bonificación para los grupos I y II también es del 99%. Mientras que en Aragón o la Comunidad Valenciana hay excepciones según el grado de parentesco, aunque para grupo I y grupo II suele ser del 99%.

En el lado contrario se encuentran Canarias y Baleares como las comunidades en las que menos se paga por heredar. En ambos archipiélagos, hay bonificaciones del 100% para los grupos I y II. En el caso de Canarias también para el grupo III y en algunos casos para el grupo IV. En Baleares hay bonificaciones parciales para el grupo III.