Cuando una persona muere, sus descendientes son los encargados de recibir su herencia, en función de lo que la persona fallecida haya puesto en su testamento o últimas voluntades. Si bien, heredar no es gratis, sino que en España hay que pagar el impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Este gravamen lo gestionan las comunidades autónomas, por lo que en función del lugar de residencia la persona que hereda pagará más o menos. También influye el grado de parentesco o el total del valor de la herencia. Por eso, en algunas ocasiones, la persona debe valorar si le es más conveniente aceptar o renunciar a la herencia.
El impuesto de sucesiones se calcula a partir de la base imponible. Para conseguirla hay que sumar el valor neto de los bienes heredados y restar deudas o gastos. Después hay que aplicar las reducciones que cada comunidad autónoma tenga establecidas y según el grado de parentesco. El siguiente paso es añadir unos coeficientes multiplicadores y finalmente las comunidades aplican sus propias bonificaciones.
Hay diferentes grados de parentesco:
- Grupo I: descendientes y adoptados menores de 21 años
- Grupo II: descendientes y adoptados de 21 años o más, cónyuges
- Grupo III: hermanos, tíos, sobrinos
- Grupo IV: primos u otros grados más distantes de parentesco
La comunidad autónoma en la que más se paga por heredar y en la que menos
Según los datos ofrecidos por el Consejo General de Economistas en su informe 'Panorama de la Fiscalidad Autonómica y Foral 2025' la comunidad autónoma en la que más se paga por heredar es Cataluña.
Hay una serie de razones que explican esto: primero, por las bonificaciones limitadas según la base imponible, es decir, a medida que aumenta el valor de la herencia, menos bonificaciones. Además, la comunidad catalana tiene una estructura propia para este impuesto y tipos impositivos altos en comparación con otras comunidades. Hay comunidades que ofrecen bonificaciones del 99% o del 100% para herencias elevadas en grupos I y II, pero no es el caso de Cataluña. Además, los grupos III y IV no tienen grandes ventajas.
Le siguen Asturias, Navarra, País Vasco y Castilla - La Mancha. En estas comunidades hay bonificaciones muy limitadas. En Asturias, por ejemplo, no se paga si la herencia es inferior a 300.000 euros. En Navarra los tipos, en general, son muy bajos y en el País Vasco los grupos I y II están exentos siempre y cuando el valor de la herencia será inferior a 400.000 euros. En el caso de Castilla - La Mancha la bonificación es del 100% solo hasta 175.000 euros de herencia, a partir de esta cantidad, se reduce.
Las comunidades en las que menos se paga
Galicia, Madrid, Extremadura, Cantabria y Andalucía son otras comunidades en las que sus ciudadanos pagan poco por heredar. Por ejemplo en Galicia gozan de exención total los grupos I y II hasta que el valor total de la herencia sea de un millón de euros. En el caso de Extremadira y Andalucía la bonificación para los grupos I y II es del 99%.
La Comunidad de Madrid ha reformado recientemente este impuesto. Ya contaba con bonificaciones del 99% para los grupos I y II, mientras que para el grupo III pasa al 50% (antes era del 25%). Son los mismos porcentajes que en Cantabria.
En otras comunidades como Castilla y León, Murcia o La Rioja la bonificación para los grupos I y II también es del 99%. Mientras que en Aragón o la Comunidad Valenciana hay excepciones según el grado de parentesco, aunque para grupo I y grupo II suele ser del 99%.
En el lado contrario se encuentran Canarias y Baleares como las comunidades en las que menos se paga por heredar. En ambos archipiélagos, hay bonificaciones del 100% para los grupos I y II. En el caso de Canarias también para el grupo III y en algunos casos para el grupo IV. En Baleares hay bonificaciones parciales para el grupo III.