Es uno de los oficios más importantes del mundo y uno de los peor tratados. Las amas de casa, aunque cada vez menos frecuentes, son el sustento de muchas familias, por eso, aunque el número se haya reducido en más de dos millones desde 2002 según la Encuesta de Población Activa, sigue habiendo muchos casos en los que en toda o casi toda su vida han trabajado en el hogar y por eso no han cotizado a la Seguridad Social.
Por este motivo, una de las principales preguntas que se hace este grupo de personas es "¿a qué pensión tengo derecho?". La respuesta rápida es que depende de lo que cada ama o amo de casa haya cotizado en el momento de haber cumplido la edad de jubilación.
La pensión para las amas de casa
Si una ama de casa, además de trabajar en el hogar, lo ha hecho de forma remunerada en alguna otra empresa durante el periodo mínimo para la jubilación, que son 15 años, la pensión mínima será teniendo en cuenta el importe de sus bases de cotización de los 25 años previos a la jubilación y del número años cotizados. En este caso, además, es posible aprovecharse del nuevo cálculo que entrará en vigor el año que viene.
Si no ha cotizado esa cantidad de años, como es lo normal en estos casos, no tendrán derecho a la pensión contributiva como el anterior grupo. Pero podrán solicitar una pensión no contributiva, siempre y cuando cumplan los requisitos exigidos, que incluyen tener 65 años o más, residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de al menos 10 años entre los 16 años y el devengo de la pensión.
Además de estos requisitos, también se exigen unos ingresos personales inferiores a los 7.250,60 euros anuales, según las cifras de 2024. Si la persona comparte vivienda, este número se verá afectado, por lo que hay que consultar las cifras oficiales.
¿Cómo se puede solicitar esta pensión no contributiva?
Siempre que se cumplan los requisitos, los cuales tienen que reconocer desde la Comunidad Autónoma del solicitante, podrá presentarse una solicitud en las oficinas de los Servicios Sociales de las CCAA, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social.

