Hasta el momento, lo establecido era que la eliminación de los animales fallecidos fuera por incineración. A partir de ahora la autoridad competente podrá determinar el permiso de enterramiento de los animales de compañía.
Según un informe la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio los animales podrán ser enterrados donde otros seres carnívoros no puedan acceder a ellos.
El "requisito indispensable" para realizar el enterramiento será la autorización previa de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
Además solo podrán ser enterrados los animales de compañía estipulados por la normativa europea, es decir, especies normalmente alimentadas y mantenidas, pero no consumidas por seres humanos con fines distintos de la ganadería.