Animales de Compañía

La Comunidad de Madrid autoriza el enterramiento de mascotas mientras no suponga un riesgo a la salud pública

Se han autorizado los enterramientos de animales de compañía siempre y cuando los animales no hayan muerto por enfermedad de declaración obligatoria, el cuerpo del animal no esté en un lugar donde haya peligro para la salud pública, sanidad animal, ni produzca daños al medio ambiente.

Europa Press

Madrid | 30.07.2019 15:21

Perro en la calle
Perro en la calle | Pixabay

Hasta el momento, lo establecido era que la eliminación de los animales fallecidos fuera por incineración. A partir de ahora la autoridad competente podrá determinar el permiso de enterramiento de los animales de compañía.

Según un informe la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio los animales podrán ser enterrados donde otros seres carnívoros no puedan acceder a ellos.

El "requisito indispensable" para realizar el enterramiento será la autorización previa de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

Además solo podrán ser enterrados los animales de compañía estipulados por la normativa europea, es decir, especies normalmente alimentadas y mantenidas, pero no consumidas por seres humanos con fines distintos de la ganadería.