El alto Tribunal, ha contestado al recurso de casación y permitirá que se siga bebiendo alcohol en la calle. Los magistrados han fallado que la actividad de la hostelería es conforme a la Ley porque se contempla precisamente la singularidad de la zona que afecta a las calles Isaac Peral, Barracas y plaza Santa Clara. El Tribunal Supremo da la razón al Ayuntamiento de Castellón y revoca la resolución del TSJCV que anulaba el artículo 26 de la Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana en el que se recogía precisamente la excepcionalidad y singularidad de las tascas de Castellón, al igual que sucede con otras ciudades de España, como es el caso de la calle Laurel de Logroño. La prohibición quedará sin efecto no solo para la zona de las tascas, también durante las fiestas de la Magdalena, las de San Pedro en el Grao y cuando se celebren fiestas de calles o barrios de la ciudad.
Los vecinos de la zona, representados en la Asociació Sense Soroll, no han recibido de buen grado esta noticia, que trunca sus esperanzas de descansar, según el propio presidente de la asociación, Pedro Monfort, quien de momento no descarta dejar la lucha.El punto medio y justo que separa la línea entre el derecho al descanso y la del derecho al ocio es muy difícil de establecer.
Cierto es que los hosteleros de la zona cumplen con rigor los horarios establecidos de cierre a las 12 y el ayuntamiento de Castellón sigue trabajando para minimizar el ruido, especialmente con la instalación de toldos fonoabsorbentes. El problema es que aún así la minoría se siente perjudicada y no representada. La decisión es democrática, pero no debemos olvidar que la democracia al final acaba siendo la dictadura de las mayorías.