Justicia

Libertad provisional para el acusado de la muerte del joven en la discoteca Mítika Vitoria

El juicio por este caso será finalmente abreviado y sin jurado popular

Agencias | Onda Cero Vitoria

Euskadi |

Palacio de Justicia de Vitoria
Palacio de Justicia de Vitoria | Europa Press

La Audiencia Provincial de Álava ha decidido dejar en libertad al acusado de la muerte del joven Kerman a las puertas de la discoteca ‘Mítika’ de Vitoria la madrugada del 23 de febrero pasado, han confirmado a EFE fuentes de la acusación de la familia de la víctima.

El acusado, portero del establecimiento, se encuentra en prisión provisional a la espera de juicio desde dos días después del suceso y ahora saldrá de prisión después de que la Audiencia admitiera los recursos presentados por la Fiscalía y la defensa del acusado. La decisión de dejar en libertad al acusado puede deberse a que se han rebajado las expectativas de penas, ya que se descarta en la instrucción que se trate de un asesinato.

Por ello, la Audiencia ha estimado también el segundo recurso y el caso no será juzgado por un tribunal del jurado, algo que había contemplado el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Vitoria, juez que entendía que existen «indicios sólidos de la comisión de un delito de homicidio o asesinato».

La familia está 'destrozada'

Las fuentes han asegurado a EFE que la familia de Kerman está «destrozada e indignadísima» por esta decisión de la Audiencia Provincial y han precisado que una vez analicen la resolución la acusación verá si toma alguna decisión en este momento de la instrucción que, por el momento, sigue «viva» y que por lo tanto no se puede prever cuándo se celebraría el juicio.

En el auto judicial de ingreso en prisión del acusado el juez detallaba que a la vista del vídeo de los hechos «se advierte con claridad» que el portero propinó, «a traición y de forma sorpresiva», un golpe en la cara a la víctima con «una fuerza de tal magnitud» que hace que este impacte contra la cristalera «rebotando contra el suelo hacia adelante como si se tratara de un cuerpo inerte».

Ánimo homicida

En otro auto posterior, fechado el 30 de septiembre, el juez siguió considerando que el encausado tenía «ánimo homicida» porque «se valió de su complexión y condición física, la cual es de naturaleza extraordinaria, muy por encima del hombre medio» y era «sabedor de que un golpe suyo podría ser mortal».

A ese convencimiento del juez sobre la intencionalidad del portero se suma la «zona de ataque (cabeza de la víctima)», que es «una de las partes más sensibles y necesarias para la vida del cuerpo humano», así su «actitud posterior» ya que «lejos de mostrarse compungido, arrepentido o sorprendido por el resultado de su actuación, no acudió rápidamente a socorrer a la víctima o, al menos, interesarse por su estado, sino que huyó hacia el interior del local rápidamente, dejando morir al agredido».

Por ello entiende que hay «indicios sólidos de la comisión de un delito de homicidio o asesinato» y que, por ello, tenía que ser un jurado el que se encargara de dirimir la responsabilidad del procesado.

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La Fiscalía, en cambio, entiende que no hubo «intencionalidad» y por tanto considera que el juicio no debe ser con jurado popular, algo que ahora ha aceptado la Audiencia.

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