El procesado, de nacionalidad española, se encuentra en prisión provisional a la espera de juicio, acusado del citado homicidio ocurrido en abril de 2024 en la capital guipuzcoana, según informaron en su momento a EFE fuentes del caso.
Los hechos por los que ahora ha sido condenado por la Audiencia de Gipuzkoa, en una sentencia que ya ha sido confirmada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), sucedieron casi un año antes, el 11 de junio de 2023, en una cafetería ubicada en el mismo barrio donostiarra.
Joven hondureña
Según esta resolución, a la que ha tenido acceso EFE, sobre las 21:40 horas de aquel día, la joven hondureña se encontraba junto a una compañera de trabajo recogiendo el local fuera ya "de horas de apertura" cuando, desde la puerta del establecimiento, el acusado les pidió que le vendieran una palmera.
Ambas empleadas le informaron cortesmente que el negocio estaba cerrado al público, a lo que el hombre respondió llamándolas "putas" y "tontas" y empezó a empujar a una de ellas, quien no obstante logró sacarlo del local. Sin embargo, el inculpado regresó, la golpeó con ambas manos en la axila izquierda y la introdujo en la cafetería, mientras la ciudadana hondureña salía al exterior para pedir ayuda.
Al escucharla hablar, el procesado fue consciente del origen extranjero de esta mujer y, "gobernado por un sentimiento de menosprecio, rechazo e intolerancia hacia el origen nacional" de la chica, comenzó a gritar: "Perras, sudacas, os voy a partir la cara", al tiempo que preguntaba a la ciudadana hondureña a qué había venido a España.
Seguidamente, cerró el puño y le propinó un golpe en el pómulo que la hizo caer sobre una silla, todo lo cual provocó en esta víctima "sentimientos de humillación en menoscabo de su dignidad".
Para condenar al varón, la Audiencia otorga total credibilidad al testimonio de ambas víctimas, reforzado por corroboraciones periféricas, y recuerda que, cuando compareció en el juicio, el acusado se dirigió a ambas perjudicadas como "la vasca y la otra".
Una circunstancia "claramente demostrativa", a su entender, de que está inserto "en una cultura de claro menosprecio a las personas de otras nacionalidades o al menos las originarias de países suramericanos".
Prueba incriminatoria
La cantidad de pruebas existentes lleva además a la Audiencia de Gipuzkoa a rechazar la versión ofrecida por el varón, según la cual fue él el agredido e insultado.
El condenado recurrió esta resolución ante el TSJPV que ha confirmado ahora la condena inicial en la que la Audiencia consideró al hombre autor de un delito de odio en concurso ideal con dos delitos leves de amenazas, un delito leve de lesiones y maltrato de obra por los que, además de los ocho meses de cárcel, le impuso multas por un importe total de 540 euros.
Además, el inculpado deberá compensar a la ciudadana hondureña con 750 euros. Esta resolución aún no es firme, ya que todavía es posible recurrirla en casación en el plazo de cinco días.

