TRÁFICO | NAVARRA

Manuel Pulido: "El Real Decreto establece un plazo de cuatro años para el traspaso de la competencia; hay margen para que se logre un buen acuerdo"

El abogado y catedrático de Derecho Constitucional, Manuel Pulido, incide en que el Tribunal Supremo "lo que no ha aceptado como algo inconcluso o incontrovertible es que , a la entrada en vigor del Amejoramiento en 1982, Navarra ostentase de facto la regulación y la vigilancia de las carreteras en materia de tráfico"

Jorge Tirapu

Pamplona/Iruña |

En Onda Cero hemos querido profundizar en las claves jurídicas de la sentencia del Tribunal Supremo que ha anulado el traspaso de las competencias en materia de tráfico a Navarra. El abogado y catedrático de Derecho Constitucional, Manuel Pulido, ha incidido en Más de Uno Pamplona en que el Tribunal Supremo lo que no ha aceptado "como algo inconcluso o incontrovertible" es que , a la entrada en vigor del Amejoramiento en 1982, "Navarra ostentase de facto la regulación y la vigilancia de las carreteras en materia de tráfico porque lo hacia la Guardia Civil".

Diferentes interpretaciones

Cuestionado sobre si era una sentencia esperada Manuel Pulido reconoce que "puede sorprender al gran público que Navarra, que tradicionalmente ha ostentado competencias de carreteras y caminos, lo hacia de una manera colaborativa o concurrencial con la Guardia Civil": En ese sentido ha destacado que existen dos posturas desde el punto de vista jurídico: "Una de ellas es la defendida por el Gobierno de España y el de Navarra que , en virtud del artículo 49.3 del Amejoramiento tenia competencias para regular el trafico pero que su ejecución se había llevado a cabo por la Guardia Civil en el momento en el momento que se aprueba el Amejoramiento" y la otra es la que recoge el Supremo que sostiene que "esa competencia no se ejercía en el momento y por lo tanto si se quiere que sea la Policía Foral y no la Guardia Civil la que controle el tráfico es necesario o una modificación del Amejoramiento o, por otra parte, como se hizo con los Mossos que se hiciera una ley del 150. 2 de transferencia del ejercicio de competencias".

Tiempos asunción transferencia

En cuanto a los plazos que puede suponer abordar ahora una reforma del Amejoramiento o la aprobación de una ley orgánica Pulido señala que "un proceso de este tipo depende de la preferencia que le den los gobiernos en la tramitación". Recuerda que en anteriores reformas del Amejoramiento" el tramite ha sido muy simplificado, ya que se tramita en lectura única, y va luego al Parlamento y al Senado. Tardaría, desde luego, unos meses". En cualquier caso, según el abogado y catedrático de Derecho Constitucional, recuerda que "el Real Decreto de traspaso de la competencia establece un plazo de cuatro años , por lo tanto quizás haya margen para que se consiga un buen acuerdo"