NAVARRA

Anticorrupción considera que la adjudicación de Belate debería ser "nula de pleno derecho"

La Oficina Anticorrupción, que señala que el presidente de la mesa de contratación emitió su puntuación conociendo la valoración del resto de miembros, ve "incumplimientos flagrantes y palmarios", por otra parte, en la adjudicación de 62 VPO en Erripagaña

Jorge Tirapu

Pamplona/Iruña |

La Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de Navarra considera que la adjudicación de las obras de duplicación de los túneles de Belate debería ser "nula de pleno derecho". Este informe, al que ha tenido acceso Onda Cero, es uno de los que el Gobierno de Navarra había encargado como parte de la auditoría interna tras el informe de la UCO de la Guardia Civil conocido el pasado mes de junio. Una de los aspectos recogidos es el hecho de que el presidente de la mesa de contratación tuviera conocimiento de las puntuaciones del resto de miembros debería haber anulado la adjudicación de la duplicación de los túneles de Belate. "El mero intercambio de correos", recoge el informe, "vulneró las reglas esenciales del procedimiento establecido por las normas para la integración de la voluntad del órgano colegiado" con lo que "conllevaría la nulidad de pleno derecho de lo actuado". El ejecutivo foral adjudicó esta obra a la UTE formada por las empresas Acciona, Servinabar y Excavaciones Fermín Osés, por valor de 76 millones de euros, una de las más cuantiosas de las realizadas en la Comunidad Foral en la última década.

Disparidad criterio con Comptos

El informe, que se había encargado como parte de la auditoría interna , es discrepante con el emitido por la Cámara de Comptos, al que se había aferrado el Gobierno para avalar su actuación en Belate. La Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción (OANA) recuerda que consta en el expediente, y así lo ha puesto de manifiesto la Cámara de Comptos en un informe anterior, que "en la valoración de los criterios cualitativos, cuatro miembros de la Mesa de Contratación remitieron sus puntuaciones al presidente, y éste determinó la suya teniendo conocimiento de las asignadas por los demás". La OANA sostiene asimismo que "no podemos determinar si ha existido o no un conflicto de interés que haya llevado al presidente de la mesa de contratación a actuar como lo ha hizo". En ese sentido apunta que "es algo que la comisión de investigación constituida en el Parlamento y a quien se dirige este informe, tendrá que tratar de delimitar"

Incumplimientos flagrantes VPO

Otro de los informes solicitados a la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de Navarra es el relativo al contrato de obras de construcción de 62 VPO en Erripagaña. Este informe determina que la empresa pública Nasuvinsa "ignoró todos los principios de la contratación pública y los más elementales principios del derecho administrativo" y afirma que "incumplió de plano" la ley foral de Contratos Públicos, y el pliego de condiciones reguladoras de esta contratación. La Oficina Anticorrupción considera que "la acumulación de incumplimientos flagrantes, evidentes y palmarios en la actuación de Nasuvinsa" en el expediente del contrato de obras de construcción de 62 Viviendas de Protección Oficial "excede de meras irregularidades administrativas". Indica el informe que la ley de Contratos Públicos establece que los poderes adjudicadores que no reúnen la condición de Administración Pública, como Nasuvinsa, "están sujetos, en cuanto a la preparación y adjudicación de los contratos públicos, a la regulación de esta ley foral". Una previsión legal, señala el informe, que se "ignoró totalmente".