Solo cinco agentes medioambientales (funcionarios) vigilan el Campo de Cartagena

Los agentes agroambientales encargados de vigilar a los agricultores serán contratados y pagados por los propios agricultores.

Según el artículo 46 del Decreto Ley de Protección Integral del Mar Menor, “podrá ser operador agroambiental el propio titular de la explotación agraria”.

Rosa Roda

Murcia | 08.07.2020 11:57

La Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente ha informado de que esos operadores ambientales "serán los responsables de garantizar la aplicación de las normas de protección y modificaciones que deben llevar a cabo los agricultores.

El artículo 46 del Decreto Ley de Protección Integral del Mar Menor dice que "las explotaciones agrarias deberán disponer de un operador agroambiental que, en virtud de relación laboral, mercantil o profesional, sea responsable del asesoramiento para que el titular de la explotación cumpla adecuadamente las obligaciones establecidas en este decreto-ley o en el programa de actuación aplicable, y en su caso de elaborar información o documentación que deba aportarse o presentarse ante la Consejería competente para el control de la contaminación por nitratos".

El consejero Antonio Luengo ha informado de que los operadores agroambientales "deberán constatar que las explotaciones agrícolas bajo sistemas de regadío disponen de derecho de aprovechamiento de aguas; que las estructuras vegetales se han implantado en tiempo y forma; que la explotación agrícola destina, al menos, el 5 por ciento de la superficie a sistemas de retención de nutrientes; constatar el cumplimiento de la limitación de los ciclos de cultivo; o que no se aplican urea ni fertilizantes ureicos; ni, en cultivos hortícolas, nitrato amónico en el último tercio del ciclo de cultivo".

Los operadores agroambientales, que contratarán y pagarán los propios agricultores, también deberán constatar que los invernaderos con cubierta plástica impermeable disponen de estructuras de recogida de aguas de lluvia; que no se aplican lodos de depuración o que el movimiento de los purines y otros estiércoles con valor fertilizante han sido validados en el registro electrónico de deyecciones ganaderas".

La titulación exigible para obtener la acreditación como operador agroambiental será la de titulados en formación profesional de Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural y titulados universitarios de ramas técnicas agrarias (ingenieros agrónomos, ingenieros técnicos agrícolas y graduados en ingeniería agrícola). La CARM está ultimando la redacción de la Orden y su puesta en marcha, para la que el Decreto Ley de Protección Integral da un plazo de un año.

Fuentes de la consejería de Agricultura han informado a Onda Cero de que "si el agricultor incumpliera la ley, el operador agroambiental tendrá el deber de informar a la Consejería y luego el cuerpo de inspectores de la Comunidad Autónoma llevará a cabo sus inspecciones para corroborar que o se llevan a cabo prácticas contrarias a lo que dicta la ley".

Desde las organizaciones ecologistas advierten de que "lo que hace falta es incrementar el cuerpo de inspectores y de agentes medioambientales funcionarios para vigilar el cumplimiento de la ley" y dudan de la eficacia de los operadores agroambientales a la hora de informar a la consejería ante posibles incumplimientos de quien les ha contratado y les está pagando el sueldo.