La Comunidad ha informado a Onda Cero de que acata la sentencia del TSJ e iniciará a la mayor brevedad posible los expedientes de responsabilidad medioambiental contra ocho empresas y personas físicas por contaminación del Mar Menor.
La Dirección General de Medio Ambiente ya trabaja en el inicio del expediente de responsabilidad medioambiental para aplicar los mismos términos que dicta la sentencia (posibles daños ocasionados únicamente al Mar Menor).
Desde la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente recuerdan que el Ministerio Fiscal pidió el 13 de mayo de 2020 abrir expediente de responsabilidad medioambiental contra 8 operadores por contaminación del Mar Menor y que la CARM designó entonces un instructor para llevar a cabo las actuaciones previas.
Según la consejería, el instructor, José Antonio Martínez Díez de Revenga, estimó que la Dirección General de Medio Ambiente era la administración competente para iniciar ese expediente de responsabilidad medioambiental (26 de junio de 2020). Sin embargo, el mismo instructor, el 18 de marzo de 2021, concluyó con una propuesta de archivo de las actuaciones determinando que la Comunidad no era competente para ello, sin justificar ni motivar el cambio de criterio.
Según informa la Consejería de Antonio Luengo, "la Comunidad tuvo que acatar el cambio de criterio del instructor, para no incurrir en un delito de prevaricación".
Ante ello, la Fiscalía recurrió la decisión y ahora el TSJ estima parcialmente ese recurso, indicando que la Comunidad debe iniciar un expediente de responsabilidad medioambiental a esos 10 operadores por daños exclusivamente al Mar Menor "sin perjuicio de que la Confederación Hidrográfica del Segura pueda abrir expedientes sancionadores por posibles daños al dominio público hidráulico, acuíferos y ramblas" concluye la consejería.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en un sentencia notificada hoy a las partes, ordena al órgano competente de la comunidad autónoma de la Región de Murcia iniciar un procedimiento de exigencia de responsabilidad medioambiental por vertidos al Mar Menor contra ocho empresas o empresarios dedicados a la agricultura, “con adopción, en su caso, de las medidas provisionales y/o resolución definitiva que proceda”.
Entiende el tribunal que “la exigencia de responsabilidad ambiental no se hace por daños al dominio público hidráulico, sino al Mar Menor, y es independiente de los procedimientos sancionadores que la Confederación Hidrográfica del Segura inicie, en su caso, en relación con la competencia que tiene atribuida legalmente, esto es, la gestión de dicho dominio público”.