28M

El Presidente Vara firma el decreto de convocatoria de elecciones a la Asamblea de Extremadura para el 28M

La celebración de las elecciones a la Asamblea de Extremadura se regirá por lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Extremadura, la Ley de Elecciones a la Asamblea de Extremadura y la Legislación Electoral General. El decreto que ha rubricado hoy Fernández Vara entrará en vigor mañana martes, 4 de abril, tras su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Redacción

Extremadura | 03.04.2023 10:12

Guillermo Fernández Vara
Guillermo Fernández Vara | MGF/ ondacero.es

l presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara, ha firmado este lunes el decreto 1/2023, de 3 de abril, de convocatoria de elecciones a la Asamblea de Extremadura, que se celebrarán el domingo 28 de mayo de 2023.

De acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 18 de la Ley de Elecciones a la Asamblea de Extremadura, el número de diputados y diputadas a elegir por cada circunscripción electoral será 36 en la provincia de Badajoz y 29 en la de Cáceres.

De esta manera, y según recoge el artículo 3 del decreto, la campaña electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del viernes 12 de mayo y finalizando a las veinticuatro horas del viernes 26 de mayo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

La celebración de las elecciones a la Asamblea de Extremadura se regirá por lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Extremadura, la Ley de Elecciones a la Asamblea de Extremadura y la Legislación Electoral General.

El decreto que ha rubricado hoy Fernández Vara entrará en vigor mañana martes, 4 de abril, tras su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

ENTIDADES LOCALES MENORES

Por otro lado, también este lunes, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado el decreto por el que se convocan elecciones de vocales de las Junta Vecinales de las Entidades Locales de Extremadura, para el próximo 28 de mayo de 2023.

En este decreto se especifica el número de vocales que se han de elegir en cada una junta vecinal, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura, y teniendo en cuenta, a estos efectos, lo establecido en el Real Decreto por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal referidas al 1 de enero de 2022.