(ICAL) El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Palencia justificó en un auto judicial las “dudas” de un padre en Palencia sobre la vacunación de su hijo de ocho años, motivo por el que otorgó la decisión final de inyectar o no el suero al menor (durante los dos próximos años) ante la discrepancia entre los progenitores. Todo ello sin perjuicio de que ambas partes, de mutuo acuerdo, decidan la vacunación del niño o desistan de dicha opción.
La jueza se muestra así partidaria de adoptar una “posición conservadora”, ya que se trata del grupo de edad que “representa nuestro futuro como sociedad”. También citó las dudas que “están surgiendo en otros países sobre la valoración del riesgo-beneficio en este rango de edad”, a pesar de que la incidencia de mortalidad por el Covid-19 es “manifiestamente inferior a otros supuestos de riesgo ordinarios de la vida, como el viajar como ocupante en un vehículo de motor”.
Por otro lado, recordó que a los niños, “por motivos que se desconocen, el Covid-19 les afecta menos, de modo que apenas enferman y, mucho menos, fallecen por la enfermedad”.
Igualmente, el auto recuerda que el Informe del Comité Asesor de Vacunas de la Asociación Española de Pediatría reconoce expresamente que “se espera que en los próximos meses se pueda disponer de estudios específicos en población infantil, lo que permitirá establecer si el perfil de seguridad en adolescentes y niños es diferente al de la población adulta”, de ahí que se ensanche la actitud conservadora de la magistrada.
Por último, hace hincapié en que las autoridades sanitarias en España reconocen, por un lado, la inexistencia de estudios científicos que “permitan conocer en la actualidad la incidencia real de casos de miocarditis y pericarditis tras la aplicación de la vacuna contra el Covid-19 entre menores de 15 años”, y por otro, la aparición de otros efectos adversos graves, como pudieran ser la Parálisis de Bell, el Síndrome de Guillain-Barré o reacciones alérgicas severas, entre otros, y de la evolución de este grupo de edad tras la vacuna, a medio y largo plazo. Por ello, “se reconoce la inexistencia absoluta de información”.