Coronavirus

El Ayuntamiento de Palencia abre el plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas para el abono de los intereses relativos a los préstamos ICO COVID-19

La convocatoria de 2022, dotada con 100.000 euros, se desarrollará hasta el próximo 31 de mayo y podrán acceder a la misma tanto los que hayan sido beneficiarios en alguna de las dos anteriores como aquellos que quieran hacerlo ahora por primera vez.

Onda Cero Palencia

Palencia | 05.04.2022 13:33

El Ayuntamiento de Palencia abre el plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas para el abono de los intereses relativos a los préstamos ICO COVID-19
El Ayuntamiento de Palencia abre el plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas para el abono de los intereses relativos a los préstamos ICO COVID-19 | Ayuntamiento de Palecia

El Ayuntamiento de Palencia ha abierto el plazo para la presentación de solicitudes de las ayudas para el abono de los intereses relativos a los préstamos ICO COVID-19, el cuál finalizará el próximo 31 de mayo y a las cuáles podrán acceder tanto los que hayan sido beneficiarios en alguna de las dos anteriores como aquellos que quieran hacerlo ahora por primera vez.

Las bases de la convocatoria, que se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) del pasado viernes 1 de abril ( https://www.diputaciondepalencia.es/system/files/bop/2022/20220401-bop-39-Ordinario.pdf#page=35), establecen que su tramitación se realizará únicamente de forma electrónica mediante instancia específica, vía sede electrónica del Ayuntamiento de Palencia, y que el crédito total dispuesto por la institución local, con el que se pretende paliar en parte los daños económicos ocasionados por la pandemia del coronavirus a los autónomos y empresas palentinas, asciende a 100.000 euros.

Los gastos a subvencionar deberán referirse a los intereses del préstamo concedido a partir del 18 de marzo, que se tengan que abonar por el autónomo o la empresa en el período de un año, que deberá estar integrado dentro de la línea de aval ICO-COVID-19 Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.

En el caso de los nuevos beneficiarios, se subvencionarán los intereses correspondientes al primer año de vigencia del préstamo objeto de subvención para aquellas empresas o autónomos que hubieran solicitado un préstamo en la línea de avales ICO-COVID-19 a partir del 1 de julio de 2021, dando cabida a las nuevas solicitudes producidas a partir del día 30 de junio de 2021, cuando terminó el plazo de solicitud de la convocatoria de 2021 de ayudas a intereses en la línea impulsada por el Gobierno.

En el de los que ya hayan sido beneficiados durante el año pasado, se subvencionarán los intereses correspondientes al segundo año de vigencia del préstamo objeto de subvención para aquellas empresas o autónomos que hubieran solicitado un préstamo en la línea de avales ICO-COVID-19 entre los días 17 de noviembre de 2020 y 30 de junio de 2021, y que en la convocatoria de 2020 tuvieron oportunidad de solicitar la ayuda correspondiente al primer año.

Y en el caso de los que lo pidieron desde la primera convocatoria, se subvencionarán los intereses correspondientes al tercer año de vigencia del préstamo objeto de subvención para aquellas empresas o autónomos que hubieran solicitado un préstamo en la línea de avales ICO-COVID-19, entre el 18 de marzo y el 16 de noviembre de 2020.

La cantidad a subvencionar equivaldrá a la suma de las cuotas de interés correspondientes a los 12 meses a la anualidad a subvencionar, y el cálculo de la ayuda que corresponde al préstamo estará afectado por dos límites en cuanto al tipo de interés nominal (2,5%), y el capital (15.000 euros). En caso de sobrepasarse estos topes, la cantidad correspondiente a los intereses subvencionados será prorrateada en referencia a los siguientes límites:

Tras el momento de resolución, se iniciará el trámite del pago de la subvención concedida mediante concurrencia no competitiva por el órgano competente. Este trámite se efectuará en un solo pago mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por el beneficiario.

Se puede obtener toda la información y anexos de solicitud en la sección de la Agencia de Desarrollo Local en la web del Ayuntamiento de Palencia: https://www.aytopalencia.es/te-ofrecemos/agencia-de-desarrollo-local