Ha señalado que se trata del mismo período de pago de impuestos, las mismas fechas, plazos y condiciones que en el ejercicio pasado, así como el Plan Personalizado de Pagos que permite que un contribuyente pueda pagar hasta en un máximo de 10 meses, sin intereses, los tributos de vencimiento periódico que elija.
De este modo, el impuesto de vehículos se podrá abonar en periodo voluntario del 1 de marzo al 2 de mayo, mientras que el cargo en cuenta para aquellos contribuyentes que lo tengan domiciliado será el 2 de abril; en cuanto al IBI urbano las fechas de pago van del 2 de mayo al 2 de julio, y el cargo en cuenta para los ciudadanos con el pago domiciliado será en tres pagos con cargo en cuenta el 3 de junio, el 1 de septiembre y el 30 de octubre.
Asimismo, la tasa de residuos, que en periodo voluntario se abonará del 3 de junio al 5 de agosto, se cargará en cuenta en tres pagos los días 1 de julio, 1 de septiembre y 30 de octubre, para los recibos domiciliados.
En cuanto al plazo para hacer frente a otros tributos, como el IAE, los Vados o el IBI rústico, comenzará el 2 de septiembre y finalizará el 1 de octubre, mientras que el cargo en cuenta para aquellos con domiciliación bancaria será el 1 de octubre. La tasa de veladores se cargará en cuenta de los interesados el 16 de septiembre.