El juicio ha quedado visto para veredicto del jurado popular

Peritos difieren sobre si la causa de la hemorragia que mató a Gonzalo Buján fue por un golpe o una aneurisma

La última sesión del juicio por la muerte de Gonzalo Buján en los Carnavales de Herencia en 2018 ha estado protagonizada por las diferencias en las conclusiones entre los forenses que realizaron la autopsia del cuerpo de Gonzalo Buján y los propuestos por las defensas de los acusados. Ambos coinciden en la causa de la muerte, una "hemorragia masiva" en el cerebro, pero difieren en la causa de esta hemorragia.

Europa Press

Ciudad Real |

Así, los primeros han concluido que la hemorragia fue causada por un golpe muy importante, violento y seco y realizado desde arriba con un objeto contundente metálico que coincide "sin duda" por la forma de la marca que presentaba en la sien el cuerpo de Gonzalo. A lo que han añadido que según lo observado que estaba sentado y que tenía la cabeza girada.

Descartan que hubiera una causa ajena al golpe ya que no encontraron ningún indicio de ello en el cuerpo del fallecido y además en la historia clínica del joven no indicaba que tuviera ninguna patología previa. "No encontramos ninguna aneurisma. Alguna malformación, algo que tuviera que hubiera influido", han afirmado.

En cambio, los forenses encargados de realizar un informe a petición de las partes, catedráticos ambos de la Universidad de Santiago de Compostela, defienden que la hemorragia no fue provocada por el golpe sino probablemente la tensión del momento le provocara una aneurisma.

Para ellos el golpe no tiene "la suficiente entidad para provocar semejante daño" y han añadido que lo único que habido un fuerte lesión pero que no puede provocar tal hemorragia. Además han explicado que la mayoría de estas aneurismas nunca avisan, por lo que no es razón decir que no tenía clínica previa.

TESIS PROBADAS

Posteriormente, las partes se han mantenido en sus peticiones iniciares porque todos ellos han considerado que en el juicio ha quedado probadas sus respectivas tesis.

Así el ministerio Fiscal continua acusando solo al padre por un delito de homicidio, por los que ha solicitado una pena de 12 años de prisión. Para el fiscal sin duda Gonzalo Buján murió de un golpe con unas pinzas de arrancar coches y que el único que las cogió fue el padre. Algo que lo corroboran los testimonios de los amigos que estaban con Gonzalo y las pruebas objetivas como la autopsia.

Ha calificado de "mentira sobre mentira" la teoría defendida por los acusados y sus familiares de que ha sido una tercera persona, cosa que se ha desmontado con las pruebas objetivas, en su opinión. "No se trata de venganzas u odios sino de tener las garantías", ha añadido.

Por su parte, las dos acusaciones particulares consideran que tanto el padre como el hijo participaron en lo sucedido y que se trata de un delito asesinato con el agravante de la alevosía.

Consideran que se le golpeó "inopinadamente" y no tuvo posibilidad de defensa ninguna, "estuvo absolutamente indefenso".

Por esto piden 20 años de prisión y no poder acercarse a Herencia durante 28 años. Alternativamente también podría tratarse de un homicidio con agravante superioridad, por la que solicitarían una pena de 14 años.

También han puesto de relieve una y otra vez las múltiples contradicciones en las que han caído en sus diferentes declaraciones los testigos familiares de los acusados y que la tesis de una tercera persona se desmonta con lo visto estos días.

Finalmente, ambas defensas piden la libre absolución de los dos acusados o que se califiquen los hechos como de homicidio imprudente. Consideran que no se ha podido probar ni por los testimonios de testigos, que consideran que también han incurrido en contradicciones, como por las pruebas objetivas que sus respectivos defendidos sean culpables de los hechos que se les acusan.

Además de criticar la instrucción del caso, que uno de los abogados ha calificado de "nefasta" y el informe forense de "autentica chapuza". Ante esto han apelado a la presunción de inocencia y al principio de in dubio pro reo, es decir, que ante la duda se beneficie al reo.