CAMPAÑA RENTA CANTABRIA

Estas son las deducciones de Cantabria en la campaña de la renta 2023: cómo ahorrar en el borrador

Más de 317.000 contribuyentes cántabros están llamados a participar en la campaña de la renta 2023 que no trae novedades en las deducciones autonómicas

Campaña de la Renta 2023: novedades, deducciones y todas las claves para hacerla

Alicia Real

Santander | 03.04.2024 13:16

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta en una fotografía de archivo.
Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta en una fotografía de archivo. | Carlos Luján / Europa Press

Más de 300.000 cántabros podrán consultar desde hoy sus datos fiscales y presentar la declaración de la renta a través de internet. Una campaña que deja de nuevo deducciones por alquiler de vivienda habitual, por nacimiento o adopción o por gastos de guardería, además de deducciones que intentan incentivar la vida en zonas de Cantabria con reto demográfico.

La campaña de la renta 2023 no tendrá novedades en esas deducciones autonómicas, ya que será el año que viene cuando entre en vigor la reforma fiscal planteada por el actual Gobierno de Cantabria. La directora de la Agencia Cántabra Tributaria, Ana Madrazo, explica que en la declaración del próximo año habrá muchas más novedades.

167 millones de euros

La Agencia Tributaria prevé devolver en Cantabria un total de 167 millones de euros en la Campaña de Renta 2023 que arranca este miércoles, un 1,8% menos que en el anterior ejercicio. En cambio, ingresará un 8,2% más, hasta 189 millones.

En detalle, Hacienda prevé que se realicen 317.369 declaraciones en Cantabria en este 2024, lo que supone un 1,4% más que el anterior año. Entre ellas, 206.215 serán a devolver (-2,3%), mientras que en 93.882 se deberá pagar a Hacienda (+9,9%) y 17.272 se incluyen en otro tipo (+4,1%).

Deducciones por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores y personas con discapacidad

La deducción por arrendamiento de la vivienda habitual es del 10% de los pagado y la deducción se practicará por el titular o titulares del contrato de arrendamiento.

El límite máximo de deducción será de:

  • 300 euros anuales en tributación individual.
  • 600 euros anuales en tributación conjunta, siendo preciso para ello que, al menos, uno de los declarantes reúna los requisitos exigidos para la aplicación de la deducción que a continuación se comentan.

Deducción por cuidado de familiares

La deducción será de 100 euros por cada uno de los siguientes familiares, ya sea el parentesco por consanguinidad o por afinidad:

  • Descendiente menor de 3 años.
  • Ascendiente mayor de 70 años.
  • Ascendiente, descendiente, cónyuge o hermano con un grado de discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%.
Por descendiente menor de 3 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, procederá aplicar una deducción de 100 euros por descendiente y otros 100 euros por discapacidad.

Los requisitos para la aplicación de la deducción son:

  • Que el ascendiente, descendiente, cónyuge o hermano conviva más de 183 días del año natural con el contribuyente. Se exceptúa del cumplimiento de este requisito a los menores de tres años.
  • Que el descendiente o ascendiente no tenga rentas brutas anuales superiores a 6.000 euros. En los supuestos de discapacidad de ascendiente, descendiente, cónyuge o hermano el límite será de 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Deducción por gastos de enfermedad

Los cántabros tendrán una deducción del 10% de los gastos y honorarios profesionales, tanto propios como de las personas que se incluyan en el mínimo familiar, abonados por motivo de enfermedad, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez.

Esta deducción tendrá un límite anual de:

  • 500 euros en tributación individual.
  • 700 euros en tributación conjunta.

Estos límites se incrementarán en:

  • 100 euros en tributación individual cuando el contribuyente sea una persona con discapacidad y acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • 100 euros por cada contribuyente con dicha discapacidad en el caso de tributación conjunta.

Deducción por gastos de guardería

La deducción por gasto de guardería será del 15% y tendrá un límite de 300 euros anuales por hijo menor de tres años.

Si el hijo cumple 3 años durante el ejercicio, la deducción puede aplicarse hasta el día en que cumpla esa edad, prorrateándose las cantidades satisfechas en el mes en el que se dé la circunstancia.

Deducción para familias monoparentales

El titular de la familia monoparental tendrá derecho a 200 euros anuales.

En los casos de separación legal o cuando no existiera vínculo matrimonial, tendrá la consideración de familia monoparental la formada por la madre o el padre y los hijos que convivan con una u otro y que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

  • Hijos menores de edad, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de estos.
  • Hijos mayores de edad que hubieran sido declarados judicialmente incapacitados, sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
  • Hijos mayores de edad para los que se haya declarado judicialmente la curatela representativa.

Deducción por nacimiento y adopción de hijos

Esta deducción será de 100 euros por cada hijo nacido o adoptado durante el 2023 y la podrá recibir el contribuyente con quien conviva el hijo nacido o adoptado.

Deducción por obras de mejora

Los contribuyentes cántabros podrán deducir el 15% de las obras realizadas en cualquier vivienda o viviendas de su propiedad para realizar obras de mejora de la eficiencia energética o de accesibilidad, para usar energías renovables o de sustitución de instalaciones de electricidad, agua, gas, calefacción. También se podrán deducir las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital en la vivienda del contribuyente.

La deducción tendrá un límite anual de:

1.000 euros en tributación individual.

1.500 euros en tributación conjunta.

Estos límites se incrementarán en 500 euros en tributación individual cuando el contribuyente sea una persona con un grado acreditado de discapacidad igual o superior al 65%.

En el caso de tributación conjunta el incremento será de 500 euros por cada contribuyente con dicha discapacidad.

Deducción por acogimiento familiar de menores

La cuantía de esta deducción es de 240 euros y no podrá superar los 1.200 euros.

Otras deducciones autonómicas

Los cántabros tienen derecho a otras deducciones por donativos a fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera o a Asociaciones, inversiones o donaciones a entidades de la Economía Social establecidas en Cantabria y otros relacionados con las personas que vivan en zonas de Cantabria con reto demográfico que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del arrendatario

Todas las deducciones se pueden consultar en la web de la AEAT.