Mediante su sentencia, el tribunal de la Sección Segunda rebaja sin embargo en seis meses la pena que ya le fue impuesta al inculpado en primera instancia, por considerar que no debe apreciarse una continuidad delictiva en su actuación -la intensidad de la agresión fue distinta en cada una de las ocasiones en que abusó de la estudiante-, lo que se traduce en una disminución de la condena.
La resolución apunta a que los hechos sucedieron durante varios meses de 2010, cuando el inculpado, Javier Vicente B.G., daba clases particulares de flauta a la menor en el aula de un colegio de Palma. A partir de mayo de ese año, debido a la falta de espacios, el acusado pasó a dar las clases en su domicilio, donde durante varias semanas procedió a dar masajes a su alumna después de que ésta le dijera que tenía una contractura y que acudía a un fisioterapeuta.